Circular Nº K2022090000043 Circular disminucion de Gobernación de Antioquia, 2022 - Normativa - VLEX 897369589

Circular Nº K2022090000043 Circular disminucion de Gobernación de Antioquia, 2022

Año2022
Fecha02 Febrero 2022
Número de circularK2022090000043 Circular disminucion
EmisorGobernación de Antioquia
A
GOBERNACIÓN DE ANTIOQUÍA
SECRETARÍA DE HACIENDA
uJos
Radicado: K 2022090000043
Fecha: 02/02/2022
Tipo:
CIRCULAR11111111
1111
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1
1
1
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UMH II
CIRCULAR No.
PARA:
SERES, SECRETARIOS DE DESPACHO, DIRECTORES DE DEPARTAMENTOS
ADMINISTRATIVOS, GERENTES, OFICINA DE COMUNICACIONES, OFICINA
PRIVADA, ASAMBLEA DE ANTIOQUIA Y DEMÁS SERVIDORES PÚBLICOS DEL
DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA.
DE:
SECRETARÍA DE HACIENDA
-
DIRECCIÓN DE CONTABILIDAD
ASUNTO:
BENEFICIO TRIBUTARIO RETENCIÓN EN LA FUENTE Y TRÁMITE PARA
APORTAR CERTIFICACIONES QUE DISMINUYAN LA BASE DE RETENCIÓN
PARA FUNCIONARIOS PÚBLICOS.
FECHA:
01 DE FEBRERO DE 2022
La
Secretaría de Hacienda
-
Dirección de contabilidad del Departamento de
Antioquia, en cumplimiento de sus funciones y a la ley 1819 de diciembre de 2016
por medio de la cual se adopta una reforma tributaria estructural, la ley de
crecimiento económico 2010 del 27 de diciembre de 2019, los artículos 336, 383,387
y 388 del estatuto tributario nacional y decreto único reglamentario 1625 de 2016,
modificado por el decreto 2250 de 2017 y el Decreto Reglamentario 2264 de
13/12/2019; dan a conocer los lineamientos para efectos de disminuir la base
mensual de retención en la fuente en el 2022.
Todos los servidores públicos del Departamento que soliciten las deducciones
establecidas para retención en la fuente, deberán presentar el formato anexo con
los soportes que se relacionana continuación a la Dirección de Contabilidad Oficina
111, o enviarlos a los correos electrónicos veronica.velezantioguia.qov.co
,
cIaudia.velezantioguia.qov.co
, a partir de la fecha y hasta el 15 de abril de
presente año (fecha establecida por planeación y control de la Dirección de
Contabilidad para poder realizar los cambios en el sistema de nómina)
Certificado original expedido por la entidad de lo pagado por concepto de
intereses o corrección monetaria durante el año 2021 sobre préstamos de
vivienda o el costo financiero en virtud de un contrato de leasing que tenga por
objeto un bien inmueble destinado a su vivienda.
Cuando un crédito hipotecario este a nombre de los dos conyugues, en la
comunicación dirigida a la Dirección de Contabilidad el funcionario informará si
la deducción presentada se solicita por uno de ellos, aclarando que el otro no lo
va a solicitar. Opcionalmente, cada conyugue puede hacer uso del 50% del
beneficio tributario, para lo cual el funcionario que labora en la entidad presentará
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