Circular Reglamentaria Externa DCIN-83 Asunto 10: Procedimientos Aplicables a las Operaciones de Cambio - 17 de Septiembre de 2015 - Boletín de la Junta Directiva del Banco de la República de Colombia - Normativa - VLEX 810647565

Circular Reglamentaria Externa DCIN-83 Asunto 10: Procedimientos Aplicables a las Operaciones de Cambio

JurisdicciónColombia
Fecha de publicación17 Septiembre 2015
BOLETÍN
CONTENIDO
No.
Fecha
Páginas
Circular Reglamentaria Externa DCIN-83 del
17
de septiembre de 2015
Asunto:
10:
Procedimientos Aplicables a las Operaciones de Cambio
BR-3-011-0
47
17
de septiembre de 2015
17
Página
Este Boletín se publica en desarrollo de lo dispuesto en el literal a) del artículo
51
de la Ley
31
de 1992
y del parágrafo del artículo 108 de la Ley
51
O de 1999
Secretaría Junta Directiva Carrera
7a.
No. 14-78 Piso
6°.
-Bogotá
D.C. -Teléfonos: 343
11 11
-343 1000
MANUAL DE CAMBIOS INTERNACIONALES
CIRCULAR REGLAMENTARIA
EXTERNA-
DCIN-
83
Oficina Principal y Sucursales
del
Banco
de
la República, intermediarios
del
mercado cambiario, personas naturales y jurídicas que efectúen operaciones
de
cambio.
Se modifica la Circular Reglamentaria Externa
DCIN
-
83
del
24
de febrero de 2011 y
sus
modificaciones.
Primero: Se modifica el
numerall.2.
del Capítulo
1,
el cual quedará así:
"1.2. Diligenciamiento
La
declaración de cambio deberá diligenciarse en los formularios previstos en la presente Circular, los cuales
se encuentran disponibles en la página Web http: //www.banrep.gov.co/sec, donde puede seleccionar el
formulario de la declaración de cambio aplicable a la operación o, en las páginas que para tal efecto dispongan
los IMC.
Los formularios de las declaraciones de cambio son los siguientes:
Declaración de cambio por importaciones de bienes (Formulario No.
1)
Declaración de cambio por exportaciones de bienes (Formulario No. 2)
Declaración de cambio por endeudamiento externo o avales y garantías (Formulario No. 3)
Declaración de cambio por inversiones internacionales (Formulario No. 4)
Declaración de cambio por servicios, transferencias y otros conceptos (Formulario No. 5)
Formulario -Información
de
endeudamiento externo otorgado a residentes. (No. 6)
Formulario -Información
de
endeudamiento externo otorgado a no residentes. (No. 7)
Formulario-
Registro, informe de movimientos y/o cancelación cuenta de compensación (No. 1
O)
Declaración de cambio por compra y venta de manera profesional de divisas y cheques de viajero (Formulario
No. 18)
Los formularios de información de endeudamiento externo otorgado a residentes e información de
endeudamiento externo otorgado a no residentes (Nos. 6 y 7) harán las veces de declaración de cambio
únicamente cuando el reporte se efectúe simultáneamente con la canalización del desembolso de los préstamos
pasivos o activos, respectivamente, a través de los IMC.
El Formulario No. 10 que contenga la información sobre los movimientos de la cuenta (numeral
IV)
hará las
veces de la declaración
de
cambio para las operaciones de importación de bienes (Formulario No. 1 ),
exportación de bienes (Formulario No. 2), inversiones financieras y en activos en el exterior (Formulario No.
4)
y servicios, transferencias y otros conceptos (Formulario No. 5).
Las declaraciones de cambio deberán diligenciarse a nombre del residente o no residente que realiza la
operación de cambio (Ej: importador, exportador, deudor, acreedor o inversionista) y suscribirse
por
éste o por
su
representante legal, apoderado o mandatario en el campo
de
firma del Declarante.
Las instrucciones para el diligenciamiento electrónico de las declaraciones de cambio Formularios Nos. 3, 4 y
1
O que utilicen los titulares de cuentas de compensación, se encuentran en la página Web
http://www.banrep.gov.co/sec -opción "Cuentas de compensación", "Formularios electrónicos",
"Instructivos".
ASUNTO l
0:
PROCEDIMIENTOS APLICABLES A
LAS
OPERACIONES
DE
CAMBIO
Fecha:
17
de
septiembre
de
2015

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR