Resolución número 2827 de 2014, por la cual se autoriza a Ecopetrol S. A., para emitir, suscribir y colocar a través de un Programa de Emisión y Colocación, Bonos de Deuda Pública Interna no convertibles en Acciones y Papeles Comerciales hasta por la suma de dos billones cien mil millones de pesos ($2.100.000.000.000) moneda legal colombiana. - 21 de Agosto de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 525364970

Resolución número 2827 de 2014, por la cual se autoriza a Ecopetrol S. A., para emitir, suscribir y colocar a través de un Programa de Emisión y Colocación, Bonos de Deuda Pública Interna no convertibles en Acciones y Papeles Comerciales hasta por la suma de dos billones cien mil millones de pesos ($2.100.000.000.000) moneda legal colombiana.

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín49250

El Director General de Crédito Público y Tesoro Nacional, en uso de sus facultades legales, en especial de las que le confieren el artículo 21 del Decreto número 2681 de 1993, el literal c) del artículo 1º de la Resolución número 2650 de 1996, Resolución 2822 del 30 de diciembre de 2002, y Resolución 2563 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 21 del Decreto 2681 de 1993 establece que la emisión y colocación de títulos de deuda pública interna de entidades descentralizadas del orden nacional requerirá autorización, impartida mediante resolución del Ministerio de Hacienda y Crédito Público;

Que el Departamento Nacional de Planeación mediante oficios números SC-20112300716071, SC-20112300718721 y SC-20122300798751 del 7 y 9 de diciembre de 2011 y 8 de noviembre de 2012 respectivamente emitió concepto favorable a Ecopetrol S. A., para que acceda a recursos de crédito hasta por un monto de USD$8.200 millones, de los cuales USDS4.500 millones se destinarán, a obtener recursos de deuda en el periodo 2011-2013, mientras que los USDS3.700 millones restantes se destinarán al otorgamiento de la Garantía de Construcción y Garantía de Servicio de la Deuda a favor de Reficar S. A. Las operaciones de endeudamiento de Ecopetrol S. A., estarían destinadas a la financiación del plan de inversiones, los nuevos negocios que apruebe la Junta Directiva, los costos financieros asociados a las mismas operaciones y a propósitos corporativos generales, que incluyen capital de trabajo, entre otros;

Que mediante Resolución 2462 del 30 de julio de 2013 se autorizó a Ecopetrol S. A., hasta el 31 de diciembre de 2013 para emitir, suscribir y colocar a través de un Programa de Emisión y Colocación, Bonos de Deuda Pública Interna no convertibles en acciones y Papeles Comerciales hasta por la suma de tres billones de pesos ($3.000.000.000.000) moneda legal colombiana;

Que mediante Resolución 1470 del 12 de agosto de 2013, la Superintendente Delegada para Emisores, Portafolios de Inversión y otros agentes, autorizó la inscripción en el Registro Nacional de Valores y Emisores y la Oferta Pública, de unos bonos de Deuda Pública Interna y unos Papeles Comerciales, que hacen parte de un programa de emisión y colocación, con un cupo global de tres billones de pesos ($3.000.000.000.000) moneda legal colombiana; cuya emisión podrá ser ofertada públicamente, durante un plazo de tres (3) años, contados a partir de la ejecutoria de la citada resolución. Dicho plazo podrá ser renovado conforme a lo dispuesto en el Decreto 2555 de 2010;

Que con cargo al cupo de tres billones de pesos ($3.000.000.000.000) moneda legal colombiana de que tratan los considerandos anteriores, el 27 de agosto de 2013, Ecopetrol S.A., realizó, la primera y única colocación de Bonos por valor de novecientos mil millones de pesos ($900.000.000.000) moneda legal colombiana;

Que de acuerdo a lo anterior existe un cupo disponible en el Programa de Emisión y Colocación, Bonos de Deuda Pública Interna no convertibles en acciones y Papeles Comerciales de Ecopetrol S. A., hasta por la suma de dos billones cien mil millones de pesos ($2.100.000.000.000) moneda legal colombiana;

Que el Departamento Nacional de Planeación mediante oficios números SC-20134380924731 y SC-20144380119281 del 24 de diciembre de 2013 y del 7 de febrero de 2014, respectivamente, emitió concepto favorable a Ecopetrol S. A., para celebrar operaciones de crédito público internas y externas de corto y/o largo plazo, así como sus actos o contratos asimilados o conexos, la emisión de bonos de deuda interna o externa, la emisión de papeles comerciales internos o externos, préstamos provenientes de subordinadas colombianas o extranjeras, el otorgamiento de garantías de las operaciones de manejo de deuda y demás acciones relacionadas, por un monto de hasta USD 8.500 millones durante el período 2014-2016, con el propósito de financiar el Plan de Inversiones de la Compañía, ampliando la destinación de los recursos de endeudamiento a los nuevos negocios que apruebe la Junta Directiva, los costos financieros (fees, comisiones, entre otros) asociados a las mismas operaciones y propósitos corporativos generales que incluyen operaciones de capital de trabajo, entre otros. Cabe resaltar que en el monto equivalente a USD 8.500 millones, se incluyen hasta USD 200 millones, o su equivalencia en otras monedas, que serán destinados a otorgar una garantía de Ecopetrol S. A., a entidades financieras con las que Reficar S. A., adelante eventuales operaciones de cobertura de tasa de interés sobre las facilidades de interés variable otorgadas para el financiamiento de la expansión y renovación de la Refinería de Cartagena;

Que el 20 de mayo de 2014, Ecopetrol S. A., realizó una colocación de Bonos de Deuda Pública Externa por un monto de dos mil millones de dólares (USD$2.000.000.000), operación autorizada mediante Resolución número 1585 del 16 de mayo de 2014 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, quedando un cupo disponible para endeudamiento de USD 6.300 millones de dólares;

Que el cupo 2011-2013, otorgado por el DNP mediante oficios números SC-20112300716071, SC-20112300718721 y SC-20122300798751 del 7 y 9 de diciembre de 2011 y 8 de noviembre de 2012 respectivamente, ya no se encuentra vigente, no obstante el Departamento Nacional de Planeación, mediante oficio número SC-20134380924731 del 24 de diciembre de 2013, ha otorgado un nuevo cupo;

Que a la fecha, se cuenta con una disponibilidad para el período 2014-2016, seis mil trescientos millones de dólares (USD$6.300.000.000). Según consta en oficio de 29 de julio de 2014 suscrito por el Presidente de Ecopetrol S. A., en el cual se manifiesta, que la empresa no ha realizado ninguna operación que afecte el cupo disponible de seis mil trescientos millones de dólares (USD$6.300.000.000) una vez descontados doscientos millones de dólares (USD$200.000.000) correspondientes al otorgamiento de la Garantía de Construcción y Garantía de Servicio de la Deuda a favor de Reficar S. A.;

Que Ecopetrol S. A., mediante oficio número 2-2014-005-3228 de fecha 12 de febrero de 2014 radicado en el Ministerio de Hacienda y Crédito Público bajo número 1-2014011374 del 12 de febrero de 2014, solicitó autorización para que Ecopetrol S. A., pueda emitir, suscribir y colocar Bonos de Deuda Pública Interna no convertibles en acciones y Papeles Comerciales, hasta por la suma de dos billones cien mil millones de pesos ($2.100.000.000.000) moneda legal colombiana bajo el Programa de Emisión y Colocación, aprobado mediante Resolución número 1470 del 12 de agosto de 2013 de la Superintendente Delegada para Emisores, Portafolios de Inversión y otros agentes, y con cargo al cupo vigente 2014-2016 del Departamento Nacional de Planeación, aprobado mediante oficio número SC-20134380924731 del 24 de diciembre de 2013 y SC-20144380119281 del 7 de febrero de 2014;

Que los recursos obtenidos mediante la colocación de Bonos que por la presente resolución se autorizan, se destinarán a financiar el plan de inversiones, los nuevos negocios que apruebe la Junta Directiva , los costos financieros (fees, comisiones, entre otros) asociados a las mismas operaciones y propósitos generales que incluyen capital de trabajo, entre otros;

Que a la fecha de expedición de la presente resolución, según consta en oficio de 29 de julio de 2014 suscrito por el Presidente de Ecopetrol S. A., la empresa no ha realizado ninguna operación que afecte el cupo disponible de seis mil trescientos millones de dólares (USD$6.300.000.000) de que trata el considerando séptimo;

Que teniendo en cuenta que Ecopetrol S. A., ha cumplido los requisitos señalados por el Decreto 2681 de 1993 y con los demás requisitos necesarios para realizar esta clase de operaciones;

RESUELVE:

Artículo 1º Autorización.

Autorizar a Ecopetrol S. A., para emitir, suscribir y...

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