Comentario a la sentencia C-093 de 2021. Animus necandi como presupuesto de imputación del homicidio y el dolo de abandono de menores y personas desvalidas - Núm. 96, Enero 2021 - Revista Nuevo Foro Penal - Libros y Revistas - VLEX 873859112

Comentario a la sentencia C-093 de 2021. Animus necandi como presupuesto de imputación del homicidio y el dolo de abandono de menores y personas desvalidas

AutorNorberto Hernández Jiménez, Guillermo Jaramillo Angarita
CargoProfesor de la Pontificia Universidad Javeriana. Tutor del Semillero en Derecho Penitenciario. Correo electrónico: norbertohernandezj@javeriana.edu.co - Estudiante de la Facultad de Ciencias Jurídicas de la Pontificia Universidad Javeriana. Miembro del Semillero en Derecho Penitenciario. Correo electrónico: guillermo.jaramillo@javeriana.edu.co
Páginas163-169
HernánDez Jiménez, norBerto. Jaramillo anGarita,
Guillermo, “Comentario a la sentencia C-093 de 2021.
Animus necandi como presupuesto de imputación
del homicidio y el dolo de abandono de menores y
personas desvalidas”, Nuevo Foro Penal, 96, (2021).
Comentario a la sentencia C-093 de 2021
Animus necandi como presupuesto
de imputación del homicidio y el dolo
de abandono de menores y personas
desvalidas*
Commentary on Judgement C-093 of 2021
Animus necandi as an assumption for the imputation of
homicide and the intent of abandonment of minors and
helpless persons
norBerto HernánDez Jiménez1
Guillermo Jaramillo anGarita2
Introducción. Un caso para análisis: X [madre de Y (recién
nacida)], agobiada por las obligaciones económicas que demanda la maternidad
y la imposibilidad de satisfacerlas a plenitud en estos tiempos de pandemia, decide
abandonar a su hija en un lugar despoblado (donde nadie pueda percatarse de su
actuar errado). Las características del lugar lamentablemente imposibilitan el acceso a
la hidratación y alimentación de Y, lo que pone en riesgo su vida. A pesar de la selección
del lugar despoblado por parte de X (con miras a garantizar su impunidad), ella espera
que algún vecino del sector o transeúnte que pase por allí pueda hacerse cargo de Y y
le brinde mejores condiciones de vida que las que ella puede darle a su hija.
1 Profesor de la Pontificia Universidad Javeriana. Tutor del Semillero en Derecho Penitenciario. Correo
electrónico: norbertohernandezj@javeriana.edu.co
2 Estudiante de la Facultad de Ciencias Jurídicas de la Pontificia Universidad Javeriana. Miembro del
Semillero en Derecho Penitenciario. Correo electrónico: guillermo.jaramillo@javeriana.edu.co
Revista Nuev o Foro Penal Vol. 17, Número 96, enero-junio 2021, pp. 161-167, Universidad EAFIT, Medel lín (ISSN 0120-8179)

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