Comisiones permanentes o transitorias - Órganos del sindicato - Sindicatos - Prácticos vLex - VLEX 574853958

Comisiones permanentes o transitorias

Este tipo de comisiones no son obligatorias ni legales; Sino que se pueden constituir estatutariamente.

  • Permanentes: de la mano con la junta directiva es la comisión estatutaria de quejas y reclamos regulada por los estatutos. El fuero se le otorgara a dos miembros, al principal y al suplente.

Esta comisión está en constante dialogo con el empleador con el fin de promulgar un buen ambiente laboral y es nombrada por la junta directiva por el mismo periodo de...

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