Decreto número 4790 de 2008, por el cual se establecen las condiciones básicas de calidad del programa de formación complementaria de las escuelas normales superiores y se dictan otras disposiciones - 23 de Diciembre de 2008 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 50458112

Decreto número 4790 de 2008, por el cual se establecen las condiciones básicas de calidad del programa de formación complementaria de las escuelas normales superiores y se dictan otras disposiciones

EmisorMinisterio de Educación Nacional
Número de Boletín47212

El Presidente de la Republica de Colombia, en ejercicio de las facultades conferidas por el numeral 11 del articulo 189 de la Constitucion Politica, y las Leyes 115 de 1994 y 715 de 2001, DECRETA:

Articulo 1° Objeto

El presente decreto tiene por objeto establecer las condiciones basicas de calidad para la organizacion y el funcionamiento del programa de formacion complementaria de educadores para el nivel de preescolar y el ciclo de basica primaria que puede ofrecer una escuela normal superior. La organizacion y el funcionamiento del programa de formacion complementaria ofrecido por la escuela normal superior responderan a su proyecto educativo institucional y estara regido por la Ley 115 de 1994, la Ley 715 del 2001 y sus normas reglamentarias.

Articulo 2° Principios pedagogicos

El programa de formacion complementaria que ofrezca la escuela normal superior estara incorporado al proyecto educativo institucional, teniendo como referentes los siguientes principios pedagogicos en el diseño y desarrollo de su propuesta curricular y plan de estudios: 1. La educabilidad. El programa de formacion complementaria debe estar fundamentado en la concepcion integral de la persona humana, sus derechos, deberes y posibilidades de formacion y aprendizaje.

  1. La enseñabilidad. La formacion complementaria debe garantizar que el docente sea capaz de diseñar y desarrollar propuestas curriculares pertinentes para la educacion preescolar y basica primaria.

  2. La pedagogia. Entendida como la reflexion del quehacer diario del maestro a partir de acciones pedagogicas que favorezcan el desarrollo equilibrado y armonico de las habilidades de los educandos.

  3. Los contextos. Entendidos como un tejido de relaciones sociales, economicas, culturales, que se producen en espacios y tiempos determinados.

Articulo 3° Condiciones basicas de calidad

El programa de formacion complementaria de la escuela normal superior debera cumplir las siguientes condiciones basicas de calidad: 1. Programa de formacion complementaria pertinente para el desempeño docente en preescolar y basica primaria.

  1. Propuesta curricular y plan de estudios acordes al proyecto educativo institucional en concordancia con las necesidades de formacion de un maestro que atiende preescolar y basica primaria, y que permitan garantizar el logro de los objetivos y metas para la obtencion del titulo de normalista superior.

  2. Innovaciones en el campo educativo que fomenten el desarrollo del pensamiento critico investigativo.

  3. Espacios de proyeccion social que vinculen a la escuela normal superior con su entorno.

  4. Personal docente y directivo docente que garantice el cumplimiento de los objetivos de la formacion complementaria.

  5. Medios educativos y mediaciones pedagogicas que faciliten el aprendizaje.

    7. Infraestructura y dotacion para la formacion integral de los estudiantes, acordes con la estrategia pedagogica y el contexto.

  6. Autoevaluacion en coherencia con el plan de mejoramiento.

  7. Plan de seguimiento a egresados.

  8. Practicas docentes en el proceso...

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