Concepto 0358 del Consejo Técnico de la Contaduría, 08/08/2022 - Normativa - VLEX 908548851

Concepto 0358 del Consejo Técnico de la Contaduría, 08/08/2022

Fecha de publicación08 Agosto 2022
Número de recomendación0358
Número de radicado1-2022-017876 / 1-2022-018655
Fecha28 Junio 2022
CONSEJO TÉCNICO DE LA
CONTADURÍA BLICA
Calle 28 Nº 13A -15 / Bogotá, Colombia
Código Postal 110311 - Nit. 830115297-6
Conmutador (571) 6067676 Línea Gratuita 01 8000
958283
Email: info@mincit.gov.co
www.mincit.gov.co
GD-FM-009.v20
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Bogotá, D.C.,
REFERENCIA:
No. del Radicado 1-2022-017876 / 1-2022-018655
Fecha de Radicado 28 de junio de 2022
Nº de Radicación CTCP 2022-0358
Tema Temas varios PH
CONSULTA (TEXTUAL)
1. Sírvase indicar si un Profesional CONTADOR PÚBLICO, quien es contratado en Prestación de Servicios
por la representación legal de una copropiedad Horizontal que cuenta con un Revisor Fiscal en mandato
de su reglamento, esta investido de FACULTADES para revisar, ratificar, avalar o no avalar, aprobar o no
aprobar y sobre todo dar el visto bueno sobre el informe de auditoría rendido por la señora Revisora
Fiscal (2020 y primer trimestres del año 2021) teniendo en cuenta que son periodos anteriores al
periodo que contabiliza legalmente y que no existió alerta alguna sobre la entrega al mismo de la
contabilidad del periodo anterior (marzo 2021 a marzo 2022).
2. De ser NEGATIVA la respuesta a la consulta inmediatamente anterior, sírvase indicar cuales son las
normas del código de ética profesional en las que incurre en violación el contador público en comento
al proceder a asumir facultades para revisar, ratificar, avalar o no avalar, aprobar o no aprobar y sobre
todo dar el visto bueno sobre el informe de auditoría rendido por la señora Revisora Fiscal (2020 y
primeros trimestres del año 2021).
3. ¿Cuál es la razón por la cual se cuenta con los dos profesionales CONTADOR Y REVISOR FISCAL de
manera independiente? ¿Teniendo en cuenta que ambos son de la misma profesión? siendo el uno
nombrado por la asamblea ordinaria? ¿Y el otro por contrato a consideración del administrador Y/O
REPRESENTANTE LEGAL?
4. Indique si una queja elevada en contra de un contador público por las razones que fueren es desistible
o si por el contrario la SALA DISICIPLINARIA de la Junta Central de Contadores continua de manera
oficiosa indagando como investigando el actuar.
5. Indíquese si es verdad que por haber estado en el año 2020 en CALAMIDAD PÚBLICA - PANDEMIA-
no era requisito contable ni legal que las facturas, recibos de caja menor y las retenciones en la fuente
como retenedores y demás que conforman la contabilidad de una copropiedad horizontal no debían
tener firma de quien recibe el dinero (proveedores, compras ETC) ni tener sus soportes que reunieran
los requisitos contables para ser contabilizadas, por lo que estaban excluidas a el lleno de requisitos
contables legales por excepción. Para que un profesional del derecho -ABOGADO-, la exrepresentante
legal de nuestra unidad (2015 hasta marzo 2021) y su contadora pública, manifiesten que por los efectos
de pandemia no es requisito la firma de un recibo de caja menor de quien recibe el dinero y demás
factores antes indicados y que correspondan a un buen manejo contable.

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