Concepto 0368 del Consejo Técnico de la Contaduría, 05/08/2022 - Normativa - VLEX 908548942

Concepto 0368 del Consejo Técnico de la Contaduría, 05/08/2022

Fecha de publicación05 Agosto 2022
Número de recomendación0368
Número de radicado1-2022-018829
Fecha05 Julio 2022
GD-FM-009.v20
Página 1 de 3
Bogotá, D.C.,
Señor(a)
DIANA PATRICIA GALINDO MARTINEZ
E-mail: dianyjuridica@hotmail.com
REFERENCIA:
No. del Radicado 1-2022-018829
Fecha de Radicado 05 de julio de 2022
Nº de Radicación CTCP 2022-0368
Tema Corrección de errores en E.F. P-H.
CONSULTA (TEXTUAL)
“(…)
Amablemente solcito su amable colaboración en que sea absuelta la siguiente consulta:
1.
¿Un contador público aunado con un representante legal de una propiedad horizontal pueden
recibir soportes extemporáneos de una contabilidad que ya se cerró?
2.
¿Y que es de periodos anteriores al periodo en el que prestan sus servicios profesionales en la
copropiedad?
3.
¿Máxime cuando esta contabilidad se encuentra auditada por un revisor fiscal quien informo
irregularidades en la misma?
4.
De no poderse hacer la actividad antes descrita por el contador público y el representante legal,
cuales son las normas y ética profesional que viola el contador público?
(…)”
CONSIDERACIONES Y CONCEPTO
El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) en su carácter de Organismo Orientador técnico-
científico de la profesión y Normalizador de las Normas de Contabilidad, de Información Financiera y de
Aseguramiento de la Información, conforme a las normas legales vigentes, especialmente por lo
dispuesto en la Ley 43 de 1990, la Ley 1314 de 2009, y en sus Decretos Reglamentarios, procede a dar
respuesta a la consulta anterior de manera general, pues no se pretende resolver casos particulares, en
los siguientes términos:
Dados los términos de la consulta, para las preguntas 1, 2 y 3, es preciso determinar los siguientes
factores en cuanto a los errores contables que pudiesen presentar los estados financieros objeto de
análisis y en los cuales se detectaron irregularidades por parte del revisor fiscal:

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