Concepto 100208192-1145 de Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, de 13 de Septiembre de 2022
Fecha | 13 Septiembre 2022 |
Subdirección de Normativa y Doctrina
Formule su petición, queja, sugerencia o reclamo en el Sistema PQSR de la DIAN
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100208192-1145
Bogotá, D.C.
Tema:
Impuesto sobre las ventas
Impuesto nacional al consumo
Descriptores:
Hecho generador y base gravable - vehículos de salvamento
Fuentes formales:
Cordial saludo,
De conformidad con el artículo 56 del Decreto 1742 de 2020, este Despacho está facultado para
absolver las consultas escritas generales que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las
normas tributarias, aduaneras y de fiscalización cambiaria, en el marco de las competencias de la
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Por consiguiente, no corresponde a este Despacho,
en ejercicio de las funciones descritas anteriormente, prestar asesoría específica para atender casos
particulares, ni juzgar o calificar las decisiones tomadas por otras dependencias o entidades.
Mediante el radicado de la referencia, la peticionaria consulta textualmente lo siguiente:
“El articulo 457-1 del Estatuto Tributario establece que la venta de vehículos usados de
propietario para quienes constituyen activos fijos, la base gravable es la diferencia entre el
valor de compra y el valor de venta. ¿Cuál sería la base gravable para los vehículos que son
salvamento? ¿estos vehículos por ser salvamentos se encuentran exentos de IVA o la base
gravable también se calcula sobre la diferencia entre la compra y la venta por ser siniestrados
y subastados por la aseguradora? Si una empresa compra un salvamento y lo vende a una
persona natural, ¿cuál sería la base gravable del impuesto a las ventas?
Adicionalmente, el impuesto al consumo de acuerdo al artículo 512-3 Estatuto Tributario
establece que los vehículos usados que tengan uso menos de cuatro años el vendedor será
responsable del impuesto al consumo, con respecto a esto tenemos las siguientes
inquietudes: ¿Si el vehículo corresponde a un salvamento subastado por aseguradora y la
persona que lo adquiere en subasta es una persona jurídica dedicada a la actividad de
comercializar vehículos usados actividad CIUU 4512 y lo vende a otra persona jurídica es
responsable del impuesto al consumo? ¿Si una persona jurídica compra a una aseguradora
13/09/2022
Radicado Virtual No.
000S2022906885
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