Concepto 100208192-1151 de Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, de 13 de Septiembre de 2022 - Normativa - VLEX 911214691

Concepto 100208192-1151 de Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, de 13 de Septiembre de 2022

Fecha13 Septiembre 2022
Subdirección de Normativa y Doctrina
Formule su petición, queja, sugerencia o reclamo en el Sistema PQSR de la DIAN
Subdirección de Normativa y Doctrina
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Código postal 111711
www.dian.gov.co
100208192-1151
Bogotá, D.C.
Tema:
Mecanismo de pago del impuesto sobre la renta y
complementarios
Descriptores:
Obras por impuestos
Fuentes formales:
Cordial saludo, Sr. Moreno.
De conformidad con el artículo 56 del Decreto 1742 de 2020, este Despacho está facultado para
absolver las consultas escritas generales que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las
normas tributarias, aduaneras y de fiscalización cambiaria, en el marco de las competencias de la
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Por consiguiente, no corresponde a este Despacho,
en ejercicio de las funciones descritas anteriormente, prestar asesoría específica para atender casos
particulares, ni juzgar o calificar las decisiones tomadas por otras dependencias o entidades.
Mediante el radicado de la referencia y, en relación con el mecanismo de pago del impuesto sobre
la renta y complementarios de obras por impuestos contenido en el artículo 238 de la Ley 1819 de
2016, el peticionario consulta textualmente lo siguiente:
“En el evento que queden algunos gastos no contemplados o contemplados por menor valor
en la estructuración del proyecto aprobado por la Agencia de Renovación del Territorio -ART:
1. ¿Estos gastos serían deducibles en la liquidación de renta del año en que se ejecuten? o
¿estaríamos ante un valor (gasto) no deducible en renta ni imputable al pago de impuestos a
través del proyecto de obras por impuestos?
2. ¿Cuál sería el procedimiento para adicionar ese valor al mecanismo de obras por
impuestos?”
Sobre el particular, las consideraciones de este Despacho son las siguientes:
En relación con el mecanismo de pago del impuesto sobre la renta y complementarios de obras por
impuestos contenido en el artículo 238 de la Ley 1819 de 2016 y, atendiendo su primera inquietud,
este Despacho se pronunció a través del Oficio 905415 int 816 del 11 de junio de 2021, el cual se
anexa para su conocimiento y fines pertinentes.
13/09/2022
Radicado Virtual No.
000S2022906889

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