Concepto 100208192-1507 de Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, de 14 de Diciembre de 2022 - Normativa - VLEX 916779185

Concepto 100208192-1507 de Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, de 14 de Diciembre de 2022

Fecha15 Diciembre 2022
Formule su petición, queja, sugerencia o reclamo en el Sistema PQSR de la DIAN
Subdirección de Normativa y Doctrina
Cra 8 N°6C-38 Piso 4 Edificio San Agustín | (601) 7428973 - 3103158107
Código postal 111711
www.dian.gov.co
100208192-1507
Bogotá, D.C., 14 de diciembre de 2022.
Tema:
Impuesto sobre la renta y complementarios
Descriptores:
Régimen Tributario Especial
Determinación del beneficio neto
Fuentes formales:
Artículos 11 y 14 de la Ley 1715 de 2014
Artículo 19-4 del Estatuto Tributario
Artículo 1.2.1.5.2.7. del Decreto 1625 de 2016
Cordial saludo
De conformidad con el artículo 56 del Decreto 1742 de 2020, este Despacho está facultado para
absolver las consultas escritas generales que se formulen sobre la interpretación y aplicación de
las normas tributarias, aduaneras y de fiscalización cambiaria, en el marco de las competencias de
la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Por consiguiente, no corresponde a este
Despacho, en ejercicio de las funciones descritas anteriormente, prestar asesoría específica para
atender casos particulares, ni juzgar o calificar las decisiones tomadas por otras dependencias o
entidades.
Mediante el radicado de la referencia, el peticionario consulta:
¿Qué beneficio puede obtener una cooperativa al realizar una inversión en energía
fotovoltaica? ¿puede tener derecho a algún descuento? (subrayado fuera de texto)
Sobre el particular, las consideraciones de este Despacho son las siguientes:
El artículo 11 de la Ley 1715 de 2014, modificado por el artículo 8 de la Ley 2099 de 2021,
establece una deducción especial en materia del impuesto sobre la renta por la realización directa
de inversiones relacionadas con la investigación, el desarrollo y la inversión en el ámbito de la
producción de energía con fuentes no convencionales de energía (FNCE) y de la gestión eficiente
de la energía, incluyendo la medición inteligente.
El artículo 14 ibidem, modificado por el artículo 11 de la citada Ley 2099, contempla, a su vez, una
depreciación acelerada de las maquinarias, equipos y obras civiles necesarias para la
preinversión, inversión y operación de los proyectos de generación con fuentes no convencionales
de energía (FNCE), así como para la medición y evaluación de los potenciales recursos y p ara
Radicado Virtual No.
000S2022908908841

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