Concepto 100208192-1510 de Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, de 14 de Diciembre de 2022
Fecha | 15 Diciembre 2022 |
Formule su petición, queja, sugerencia o reclamo en el Sistema PQSR de la DIAN
Subdirección de Normativa y Doctrina
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www.dian.gov.co
100208192-1510
Bogotá, D.C., 14 de diciembre de 2022.
Tema:
Impuesto sobre la renta y complementarios
Descriptores:
Rentas exentas
Fuentes formales:
Artículo 235-2 del Estatuto Tributario
Artículo 1.2.1.22.9. del Decreto 1625 de 2016
Cordial saludo,
facultado para absolver las consultas escritas generales que se formulen sobre la
interpretación y aplicación de las normas tributarias, aduaneras y de fiscalización
cambiaria, en el marco de las competencias de la Dirección de Impuestos y Aduanas
Nacionales. Por consiguiente, no corresponde a este Despacho, en ejercicio de las
funciones descritas anteriormente, prestar asesoría específica para aten der casos
particulares, ni juzgar o calificar las decisiones tomadas por otras dependencias o
entidades.
Mediante el radicado de la referencia, la peticionaria consulta “si los ingresos derivados de
los contratos de respaldo y/o Stand By para Transporte Fluvial cuentan con la exención
del impuesto sobre la renta” (subrayado fuera de texto).
Sobre el particular, las consideraciones de este Despacho son las siguientes:
El artículo 235-2 del Estatuto Tributario en su numeral 6 dispone:
Radicado Virtual No.
000S20229089088844
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