Concepto 100208221-804 de Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, de 3 de Julio de 2020 - Normativa - VLEX 846458733

Concepto 100208221-804 de Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, de 3 de Julio de 2020

MateriaDerecho Fiscal
Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina
Formule su petición, queja, sugerencia o reclamo en el Sistema PQSR de la DIAN
Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina
Dirección de Gestión de Jurídica
Cra. 8 Nº 6C-38 piso 4º PBX 607 9999 ext. 904001
Código postal 111711
100208221-804
Bogotá, D.C.
Descriptor Aplicación IVA Programas de Plan Vallejo
Fuentes formales
Estatuto Tributario Articulo 428 literal b)
Decreto 1165 de 2019 Artículo 8.
Decreto 285 de 2020 Artículos 2 y 20.
Oficio N° 059992 del 3-08-2007
De conformidad con el artículo 20 del Decreto 4048 de 2008, este Despacho está facultado para
absolver las consultas escritas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas
tributarias, aduaneras y cambiarias, en el marco de las competencias de la Dirección de Impuestos
y Aduanas Nacionales. Por consiguiente, no corresponde a este Despacho, en ejercicio de las
funciones descritas anteriormente, prestar asesoría específica para atender casos particulares, ni
juzgar o calificar las decisiones tomadas por otras dependencias o entidades.
La peticionaria presenta en su escrito diferentes propuestas para la optimización del proceso
operativo del proceso de exportación de flores, de competencia de la Dirección de Gestión de
Aduanas y realiza la siguiente consulta en relación con el IVA, para lo cual las consideraciones del
despacho son las siguientes:
¿ Se genera IVA en la venta interna de insumos ingresados al país, entre dos empresas que
hacen parte de una asociación empresarial que administra y tiene aprobado un programa de
plan vallejo?
En primera instancia, revisaremos las disposiciones que sobre el particular se encuentran vigentes
y aplicables, así:
El artículo 428 del Estatuto Tributario define las importaciones que no causan el impuesto sobre las
ventas, y en el literal b) señaló: “la introducción de materias primas que van a ser transformadas
en desarrollo del Plan de Importación y exportación de que trata la sección segunda del Capitulo X
del Decreto Ley 444 de 1967.”
De otro lado, el Decreto 285 de 2020, reguló los Sistemas Especiales de Importación y Exportación,
denominado Plan Vallejo, y en ese sentido preciso en los artículo 2 y 20 que las asociaciones
empresariales podrán acceder a este instrumento de comercio exterior, previo el cumplimiento de
unos requisitos.
RAD: 902910

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