CONCEPTO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 56241 del 05-08-2020 - Jurisprudencia - VLEX 847430198

CONCEPTO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 56241 del 05-08-2020

Sentido del falloCONCEPTÚA FAVORABLEMENTE
EmisorSala de Casación Penal
Número de sentenciaCP118-2020
Fecha05 Agosto 2020
Tribunal de OrigenEcuador
Tipo de procesoEXTRADICIÓN
Número de expediente56241




GERSON CHAVERRA CASTRO

Magistrado Ponente



CP118-2020

Radicado No. 56241

Acta No. 162



Bogotá, D.C., cinco (05) de agosto de dos mil veinte (2020).



ASUNTO:



Conceptúa la Sala sobre la solicitud de extradición formulada por el Gobierno de la República de Ecuador, en relación con el nacional de ese país C.J.C.V..



ANTECEDENTES:



1. Por medio de Nota Verbal No. 4-2-282/2019 del 18 de julio de 2019 el Gobierno del Ecuador a través de su Embajada en Bogotá, le solicitó al de Colombia la aprehensión con fines de extradición del ciudadano ecuatoriano C.J.C.V., quien es requerido en ese país por la Unidad Judicial Penal con sede en el Cantón Tulcán, Provincia del C., dentro de la causa penal No. 04281-2015-00869 por el presunto delito de tráfico ilícito de sustancias sujetas a fiscalización.



Capturado el requerido el 13 de julio de 2019 en la ciudad de Ipiales con base en Circular Roja de la Interpol, fue así enterado de la orden de aprehensión que con fines de extradición expidió la F.ía General de la Nación el 18 de julio del mismo año.



2. A través de notas verbales Nos. 4-2-289 del 22 de julio y 4-2-381 del 10 de septiembre de 2019, el Estado petente formalizó la solicitud de extradición y con ella se adjuntaron, entre otros, los siguientes documentos debidamente apostillados por la Unidad de Legalizaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana del Ecuador:



2.1. Acta de audiencia de calificación de flagrancia y formulación de cargos del 24 de diciembre de 2015, según la cual a Cristian Johny Chingal Villarreal se le imputó el delito de tráfico de estupefacientes descrito en el artículo 220, numeral 1º, literal d), del Código Orgánico Integral del Ecuador y se le impuso prisión preventiva por el mismo, decisión esta última que fue revocada el 21 de enero de 2016 por la Corte Provincial de Justicia del C., Sala Única Multicompetente.

2.2. Acta de audiencia de evaluación y preparatoria del juicio de 8 de febrero de 2016.



2.3. Auto del 28 de febrero de 2016 por medio del cual se llamó a juicio a Cristian Johny Chingal Villarreal por el delito tipificado y sancionado en el artículo 220, numeral 1º, literal d), en armonía con el artículo 47 numeral 5º del Código Orgánico Integral y se ordenó su prisión preventiva.



2.4. Providencia del 26 de agosto de 2019 por medio de la cual la Presidencia de la Corte Nacional de Justicia de la República de Ecuador accedió a solicitar la extradición de Chingal Villarreal de conformidad con la petición hecha por el Juez de la Unidad Judicial Penal con sede en el Cantón Tulcán, Provincia del C., dentro de la causa penal No. 04281-2015-00869 que se sigue en contra del reclamado, entre otros, como presunto autor del delito de tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización, cometido en hechos según los cuales, en el parte policial No. ANTCP10001212 se manifiesta que el día 23 de diciembre del 2015 en horas de la mañana un ciudadano de aproximadamente 18 años de edad de contextura delgada, tez trigueña, 1,70 de estatura aproximadamente, con acento serrano, quien no quiso identificarse por temor a represalias dio a conocer que en un domicilio cercano al coliseo 19 de Noviembre, en donde se encuentran estacionados dos vehículos tipo camión de color amarillo y azul respectivamente había observado que en horas de la noche del día de ayer y en la madrugada de este día se suscitaron movimientos extraños en donde aparentemente ingresaban algún tipo de mercadería en sacos de yute y que al ser un sector en donde prolifera el contrabando podría tratarse del cometimiento de un ilícito y que le preocupaba la seguridad de él y los vecinos. Posterior se procedió a verificar la información y se pudo observar dos vehículos de similares características a los descritos por el ciudadano, llegando a determinar que el domicilio se encuentra ubicado en la ciudadela Tulipanes, calle L. y L. esquina, casa sin nomenclatura, inmediatamente se trasladan a las oficinas de la fiscalía tomando contacto con la Dra. Lizzye del Hierro a quien se le dio a conocer de la novedad solicitándole que se realice los trámites pertinentes para obtener la autorización de un acto urgente, en donde se pueda realizar un allanamiento y descerrajamiento del domicilio, es así que una vez obtenida la autorización judicial por parte del doctor B.G.N.J. de la Unidad Judicial Penal del cantón Tulcán con orden de allanamiento, se trasladan conjuntamente con la D.L.d.H. fiscal de turno hasta el lugar, ingresando al domicilio en donde se pudo constatar que en la cocina debajo de dos mesones de cemento se encontraban dos sacos de yute y en un cuarto destinado como habitación se encontró un cartón que en cuyo interior se encontraban varios paquetes en forma de ladrillo envueltos con cinta de embalaje color café, a los cuales al realizarles una pequeña incisión se observaba una sustancia blanquecina con características a estupefaciente presumiblemente cocaína; ya con estos antecedentes la...

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