CONCEPTO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 58505 del 30-06-2021 - Jurisprudencia - VLEX 875207624

CONCEPTO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 58505 del 30-06-2021

Sentido del falloCONCEPTÚA FAVORABLEMENTE
EmisorSala de Casación Penal
Fecha30 Junio 2021
Número de expediente58505
Tribunal de OrigenEstados Unidos de América
Tipo de procesoEXTRADICIÓN
Número de sentenciaCP104-2021

EscudosVerticales3

G.C.C.

Magistrado ponente

CP104-2021

Radicación N° 58505

(Aprobado Acta No. 165)

Bogotá D.C., treinta (30) de junio de dos mil veintiuno (2021).

ASUNTO:

Emite la Sala concepto sobre la solicitud de extradición elevada por el Gobierno de los Estados Unidos de América respecto del ciudadano colombiano E.R.M.C..

ANTECEDENTES:

1. Mediante Nota Verbal No. 1003 del 10 de agosto de 2020 el Gobierno de los Estados Unidos a través de su Embajada en Bogotá, solicitó al de Colombia por conducto del Ministerio de Relaciones Exteriores, con fines de extradición, la captura del nacional E.R.M.C. para efectos de que comparezca en ese país a juicio por delitos de lavado de dinero y concierto para delinquir, de conformidad con la acusación No. 17-268(DRD), también enunciada como caso 3:17-cr-00268-DRD dictada el 4 de agosto de 2017 en la Corte de los Estados Unidos para el Distrito de Puerto Rico.

2. En tal virtud la F.ía General de la Nación dispuso, en resolución del 13 de agosto de 2020, la aprehensión del citado ciudadano, por manera que lograda ésta en la ciudad de Cúcuta el 7 de septiembre siguiente, el Estado requirente por medio de Nota Verbal No. 1764 del 3 de noviembre del mismo año solicitó formalmente su extradición, adjuntando en ese propósito, autenticada y traducida la documentación que sigue:

2.1. Declaración jurada en apoyo a dicha petición rendida por J.A.C., F.A. para el Distrito de Puerto Rico, en la que precisa los hechos materia de acusación, indica el procedimiento del Gran Jurado y sus funciones como parte del poder Judicial de los Estados Unidos, los cargos y las leyes aplicables, da cuenta del estado del proceso adelantado en ese país en contra del ciudadano solicitado y explica el trámite surtido para obtener la documentación anexa como prueba a esta solicitud y su contenido.

2.2. Traducción de las normas que del país solicitante resultan aplicables al caso, esto es, de las secciones 2, 982,1956 2461 y 3282 del Título 18; y 853 del Título 21 del Código de los Estados Unidos.

2.3. Acusación del 4 de agosto de 2017 proferida en el Tribunal de los Estados Unidos para el Distrito de Puerto Rico, a través de la cual se formula a E.R.M.C. seis cargos, así:

“SEGUNDO CARGO:

(Concierto para cometer lavado de dinero).

Desde en o cerca de octubre 2012 hasta septiembre 2013, siendo ambas fechas aproximadas e inclusivas, en el Distrito de Puerto Rico y en otros lugares, J.D.P.F., t/c/c "J" "J., "M., "M.J."; E.R.M.C., t/c/c "J.S., "Petaka" "Peroso", "P.", "I., "Soprano"; F.A.M.H., t/c/c "Peps", "F.V., "F.C., a sabiendas acordaron, conspiraron, acordaron en complicidad entre sí y con otras personas, conocidas y desconocidas, para cometer delitos contra los Estados Unidos en violación del Título 18, Código de los Estados Unidos, Sección 1956, a saber:

Llevar a cabo una transacción financiera que afectaba comercio interestatal y foráneo, la cual implicó las ganancias de una actividad ilícita determinada, entiéndase la manufactura, importación, recibo, ocultamiento, compra, venta u otro tipo de manejo criminal de sustancias controladas (según se define en la Sección 102 de la Ley de Sustancias Controladas), a sabiendas de que la transacción estaba diseñada en todo o en parte para ocultar y esconder la naturaleza, localización, origen, titularidad y el control de las ganancias de dicha actividad ilícita determinada y a sabiendas de que los bienes implicados en las transacciones financieras representaban las ganancias de algún tipo de actividad ilícita, en violación del Título 18, Código de los Estados Unidos, Secciones 1956(a)(1)(B)(i) y (2) y (h).

Transferir un instrumento monetario y fondos desde un lugar en los Estados Unidos hacia y a través de un lugar fuera de los Estados Unidos, a sabiendas de que el instrumento monetario y los fondos implicados en la transportación, transmisión y transferencia representan las ganancias de algún tipo de actividad ilícita y a sabiendas de que dicha transmisión o transferencia está diseñada en todo o en parte para ocultar y esconder la naturaleza, localización, origen, titularidad o el control de las ganancias de una actividad ilícita determinada, en violación del Título 18, Código de los Estados Unidos, Secciones 1956(a)(2)(B)(i) y (2).

Todo en violación del Título 18, Código de los Estados Unidos, Secciones 1956(h) y 2.

TERCER Y CUARTO CARGO. (Lavado de dinero).

En o cerca de las fechas abajo mencionadas en los cargos, en el Distrito de Puerto Rico y en otros lugares, E.R.M.C., t/c/c "J.S., "Petaka" "Peroso", "P.", "I., "Soprano"; F.A.M.H., t/c/c "Peps", "F.V., "F.C., los aquí acusados, ayudándose y asistiéndose entre sí, a sabiendas llevaron a cabo o intentaron llevar a cabo una transacción financiera que afectaba comercio interestatal y foráneo, la cual implicó las ganancias de una actividad ilícita determinada, entiéndase la manufactura, importación, recibo, ocultamiento, compra, venta u otro tipo de manejo criminal de sustancias controladas (según se define en la Sección 102 de la Ley de Sustancias Controladas), por las siguientes cantidades en moneda estadounidense, a sabiendas de que la transacción estaba diseñada en todo o en parte para ocultar y esconder la naturaleza, localización, origen, titularidad y el control de las ganancias de dicha actividad ilícita determinada y a sabiendas de que los bienes implicados en las transacciones financieras representaban las ganancias de algún tipo de actividad ilícita:

CARGO

FECHA

CANTIDAD

TRANSACCIÓN

TERCER

17 de octubre de 2012

$502,630

Transferencia bancaria

CUARTO

27 de noviembre de 2012

$489,800

Transferencia bancaria

Todo en violación del Título 18, Código de los Estados Unidos, Secciones 1956(a)(1)(B)(i) y (2).

QUINTO CARGO: (Lavado de dinero).

En o cerca del 19 de diciembre de 2012, en el Distrito de Puerto Rico y en otros lugares, E.R.M.C., t/c/c "J.S." "Petaka" "Peroso", "P.", "I., "Soprano"; J.Á.P., los aquí acusados, ayudándose y asistiéndose entre sí, a sabiendas llevaron a cabo o intentaron llevar a cabo una transacción financiera que afectaba comercio interestatal y foráneo, la cual implicó las ganancias de una actividad ilícita determinada, entiéndase la manufactura, importación, recibo, ocultamiento, compra, venta u otro tipo de manejo criminal de sustancias controladas (según se define en la Sección 102 de la Ley de Sustancias Controladas), por las siguientes cantidades en moneda estadounidense, a sabiendas de que la transacción estaba diseñada en todo o en parte para ocultar y esconder la naturaleza, localización, origen, titularidad y el control de las ganancias de dicha actividad ilícita determinada y a sabiendas de que los bienes implicados en las transacciones financieras representaban las ganancias de algún tipo de actividad ilícita:

CARGO

FECHA

CANTIDAD

TRANSACCIÓN

QUINTO

19 de diciembre de 2012

$591,282

Transferencia bancaria

Todo en violación del Título 18, Código de los Estados Unidos, Secciones 1956(a)(1)(B)(i) y 2.

SEXTO CARGO: (Lavado de dinero).

En o cerca del 17 de abril de 2013, en el Distrito de Puerto Rico y en otros lugares, E.R.M.C., t/c/c "J.S., "Petaka", ''Peroso", "P.", "I., "Soprano", el aquí acusado, a sabiendas llevó a cabo o intentó llevar a cabo una transacción financiera que afectaba comercio interestatal y foráneo, la cual implicó las ganancias de una actividad ilícita determinada, entiéndase la manufactura, importación, recibo, ocultamiento, compra, venta u otro tipo de manejo criminal de sustancias controladas (según se define en la Sección 102 de la Ley de Sustancias Controladas), por las siguientes cantidades en moneda estadounidense, a sabiendas de que la transacción estaba diseñada en todo o en parte para ocultar y esconder la naturaleza, localización, origen, titularidad y el control de las ganancias de dicha actividad ilícita determinada y a sabiendas de que los bienes implicados en las transacciones financieras representaban las ganancias de algún tipo de actividad ilícita:

CARGO

FECHA

CANTIDAD...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR