Concepto Jurídico nº 2008-16613 de Dirección Nacional de Derecho de Autor - Normativa - VLEX 821002057

Concepto Jurídico nº 2008-16613 de Dirección Nacional de Derecho de Autor

Año2008
DIRECCIÓN NACIONAL DE DERECHO DE AUTOR
UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL
MINISTERIO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA
¡ Protegemos la creación !
Dirección: Calle 28 No.13A 15 Piso 17 Teléfono 341 81 77 Fax 286 08 13
Página web: www.derechodeautor.gov.co - Correo electrónico: info@derechodeautor.gov.co
Línea de atención de quejas y reclamos: 01 8000 127878
Bogotá, D.C. - Colombia - América del Sur
Bogotá, D.C.
C 1.1
Asunto: Derecho de puesta a disposición
En atención a su comunicación radicada el día 24 de octubre de 2008, con el número
1-2008-33650, comedidamente me dar respuesta a su solicitud en los siguientes
términos:
I. ASPECTOS GENERALES DEL DERECHO DE AUTOR
El derecho de autor es una especie dentro de la institución de la Propiedad Intelectual,
cuyo objeto de protección son las obras literarias y artísticas, entendidas como toda
expresión personal de la inteligencia manifestada en forma perceptible y original y
susceptible de ser divulgada o reproducida. La protección se concede al autor desde el
momento mismo de la creación de la obra sin que para ello requiera formalidad
jurídica alguna.
En efecto, de conformidad con los artículos 1º de la Decisión Andina 351 de 1993,
1º y 2º de la Ley 23 de 1982, es finalidad del derecho de autor reconocer una
adecuada y efectiva protección a los autores y demás titulares de derechos sobre las
obras del ingenio en el campo literario y artístico, que puedan reproducirse o
divulgarse por cualquier forma o medio conocido o por conocer, y sin importar el
mérito literario o artístico ni su destino.
Ahora bien, en el contenido del derecho de autor encontramos una doble dimensión
jurídica que resulta consustancial a su desarrollo y evolución: de un lado están los
denominados derechos morales, los cuales, tienen un carácter inalienable,
irrenunciable, imprescriptible y perpetuo1; respecto de ellos el Estado garantiza el
1 Artículos 11 de la Decisión Andina 351 de 1993 y 30 de la Ley 23 de 1982.

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