Concepto Nº 034471 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 01-02-2021 - Doctrina Administrativa - VLEX 900329152

Concepto Nº 034471 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 01-02-2021

Número de radicado20216000034471
Año2021
Fecha01 Febrero 2021
Número de oficio034471
MateriaSITUACIONES ADMINISTRATIVAS,Periodo de Prueba
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 034471 de 2021 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 034471 de 2021 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20216000034471*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20216000034471
Fecha: 01/02/2021 04:06:01 p.m.
Bogotá D.C.
Referencia: SITUACIONES ADMINISTRATIVAS. Período de prueba. Radicado: 20219000046062 del 28 de enero de 2021.
En atención a la radiación de la referencia, en la cual consulta si una vez iniciado el periodo de prueba, de conformidad con lo establecido en el
Decreto 1754 de 2020, es necesario esperar que el jefe inmediato vuelva a la oficina después de su periodo de vacaciones para dar inicio al
periodo de prueba o dar inicio y hacer concertación con quien se encuentre reemplazando al Jefe inmediato, se da respuesta en los siguientes
términos:
En primer lugar, es importante precisar que conformidad con el Decreto 430 de 2016, este Departamento Administrativo, efectúa la
interpretación general de la normatividad vigente, por lo tanto, no tiene competencia para intervenir en situaciones particulares de las
entidades, razón por la cual solo se dará información general, respecto de los temas objeto de consulta.
El Decreto 1083 de 2015 “por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública” dispone:
“ARTÍCULO 2.2.8.2.1 Calificación del periodo de prueba. Al vencimiento del período de prueba el empleado será evaluado en su desempeño
laboral y deberá producirse la calificación definitiva de servicios, para lo cual se utilizará el instrumento de evaluación del desempeño que rige
para la respectiva entidad.
Una vez en firme la calificación del período de prueba, si fuere satisfactoria, determinará la permanencia del empleado en el cargo para el cual
fue nombrado y su inscripción en el Registro Público de Carrera Administrativa. En caso de ser insatisfactoria la calificación, causará el retiro de
la entidad del empleado que no tenga los derechos de carrera administrativa.
De conformidad con lo anterior, se tiene entonces que el empleado será evaluado en su desempeño laboral y deberá producirse la calificación

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