Concepto Nº 069131 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 01-03-2021 - Doctrina Administrativa - VLEX 900329132

Concepto Nº 069131 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 01-03-2021

Número de radicado20216000069131
Fecha01 Marzo 2021
Número de oficio069131
MateriaACTO ADMINISTRATIVO,Notificación,Notificacion
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 069131 de 2021 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 069131 de 2021 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20216000069131*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20216000069131
Fecha: 01/03/2021 10:21:16 a.m.
Bogotá D. C.,
REF.: EMPLEOS. Cambio de naturaleza de empleo de carrera a de libre nombramiento y remoción y notificación al titular del cargo. RAD.:
20212060102892 del 26-02-2021.
Acuso recibo comunicación, mediante la cual informa que, se realizó Estudio Técnico de Planta Institucional, y se estableció la necesidad del
cambio de naturaleza de un cargo que pasa de Carrera Administrativa ocupado por un empleado en provisionalidad a naturaleza de libre
nombramiento y remoción, de acuerdo con el Art 5 literal C Ley 909 de 2004 en el inciso c) “Los empleos cuyo ejercicio implica la administración
y el manejo directo de bienes, dineros y/o valores del Estado.”
Que se expidió resolución y notificación por el nominador en el mes de diciembre de 2020 para notificarle al servidor que venía vinculado con
carácter provisional y a la fecha el funcionario no ha querido recibir la notificación.
Con base en la anterior información, consulta sobre cómo pueden proceder en este caso; si existe alguna normatividad que ampare para
notificar en esta fecha sin perjuicio jurídico; y adjunta Acuerdo No. 038 de 2020, donde a partir del Artículo cuarto menciona cuándo notificar el
acto, y en este caso, pregunta, en qué norma jurídica pueden argumentar la notificación y recibo por parte de esta persona que ocupaba el
cargo que cambio de naturaleza con carácter provisional.
Previo al análisis y respuesta de la consulta, es pertinente precisar que, la clasificación de los empleos de la planta de personal de las entidades
del Estado está establecida en la ley.
Así, el Artículo 5 de la ley 909 de 2004 consagra que los empleos de los organismos y entidades a los cuales se les aplica esta ley son de carrera
y para efectos de la clasificación de empleos como de libre nombramiento y remoción, señala los criterios siguientes:
a) Los de dirección, conducción y orientación institucionales, cuyo ejercicio implica la adopción de políticas o directrices así: (…).

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