Concepto Nº 069921 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 09-02-2022 - Doctrina Administrativa - VLEX 900331768

Concepto Nº 069921 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 09-02-2022

Número de radicado20226000069921
Año2022
Fecha09 Febrero 2022
Número de oficio069921
MateriaINHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES,Personero
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 069921 de 2022 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 069921 de 2022 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20226000069921*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20226000069921
Fecha: 09/02/2022 05:00:07 p.m.
Bogotá D.C.
REF: INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES. Personero. Inhabilidad para aspirar al cargo de personero por ser contratista de la alcaldía y del
concejo municipal. RAD. 20229000061702 del 1 de febrero de 2022.
En atención a la comunicación de la referencia, mediante la cual consulta si una persona que es actualmente contratista por contrato de
prestación de servicios profesionales y también ha celebrado en el último año contratos de prestación de servicios con la alcaldía municipal y
con el concejo municipal en calidad de asesor jurídico, puede aspirar a ser elegido personero del municipio, toda vez que el personero del
municipio renunció y por tal motivo se debe dar inicio a un nuevo proceso de elección, me permito manifestarle lo siguiente:
En relación a las inhabilidades para ser elegido Personero, la Ley 136 de 19941, señala:
“ARTÍCULO 174. INHABILIDADES. No podrá ser elegido personero quien:
(…)
g) Durante el año anterior a su elección, haya intervenido en la celebración de contratos con entidades públicas en interés propio o en el de
terceros o haya celebrado por sí o por interpuesta persona contrato de cualquier naturaleza con entidades u organismos del sector central o
descentralizado de cualquier nivel administrativo que deba ejecutarse o cumplirse en el respectivo municipio;
(…)”. (Subrayado fuera de texto)
De acuerdo con el citado texto legal, para que se configure la inhabilidad se requiere que se presenten los siguientes elementos:
Que se haya celebrado directa o indirectamente un contrato de cualquier naturaleza.

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