Concepto nº 100747, Superintendencia de Industria y Comercio, 06-06-2013 - Normativa - VLEX 792363121

Concepto nº 100747, Superintendencia de Industria y Comercio, 06-06-2013

Fecha06 Junio 2013
EmisorSuperintendencia de Industria y Comercio (Colombia)
MateriaPROTECCION AL CONSUMIDOR
Bogotá D.C.,
10
Asunto: Radicación: 13-100747- -2-0
Trámite: 113
Evento: 0
Actuación: 440
Folios: 8
Estimado(a) Doctor:
[Datos personales eliminados. Ley 1266 de 2008; Ley 1581 de 2012]
Con el alcance previsto en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo
y de lo Contencioso Administrativo, damos respuesta a su comunicación radicada
en esta Entidad con el número de la referencia, en los siguientes términos:
1. Consulta
Se pregunta si es lícito importar unos sombreros provenientes de China y México,
teniendo en cuenta lo siguiente:
"Primero: Que debido a que en Colombia se han otorgado patentes colectivas
como la expedida por esa superintendencia a Tejeduría Zenú con resolución
71097 de 2011 y teniendo en cuenta que han incautado de forma arbitraria
por parte d ela policía y por orden de la Dirección de investigaciones de la
protección al consumidor se restringió la importación de materia prima
(campanas) para la hechura de sombreros.
Segunto: Que varias importaciones provenientes de la China y elementos
elaborados sin realizar un peritaje por persona idónea son incautados por las
autoridades en perjuicio de los industriales y comerciantes de sombreros y
afines, lo cual está paralizando este renglón de la economía.

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