Concepto nº 102410, Superintendencia de Industria y Comercio, 17-07-2012
Fecha | 17 Julio 2012 |
Emisor | Superintendencia de Industria y Comercio (Colombia) |
Materia | SERVICIOS DE COMUNICACIONES - TELECOMUNICACIONES |
Bogotá D.C.,
10
Asunto: Radicación: 12-102410- -00001-0000
Trámite: 113
Evento: 0
Actuación: 440
Folios: 9
Respetado(a) Señor (a):
[Datos personales eliminados en virtud de la Ley 1581 de 2012]
Con el alcance previsto en el artículo 25 del Código Contencioso Administrativo,
damos respuesta a su consulta radicada en esta Entidad con el número que se indica
en el asunto, en los siguientes términos:
1. Objeto de la Consulta
Manifiesta en su escrito lo siguiente: "(...) información de los sanciona(sic) a (...)por
ofrecer cláusulas de permanencia mínima mayores de las autorizadas. (...)\”
No obstante, la falta de claridad en su consulta, a continuación, nos permitimos
suministrarle información relevante en relación con el tema de la consulta, con el fin
de brindarle mayores elementos de juicio al respecto.
2. Atribuciones de la Superintendencia de Industria y Comercio en materia de
servicios de telecomunicaciones
De acuerdo con las atribuciones conferidas a la Superintendencia de Industria y
Comercio por el Decreto 4886 de 2011, corresponde a esta entidad: (i) Velar por la
observancia de las disposiciones sobre protección al consumidor y los usuarios de los
servicios de telecomunicaciones y dar trámite a las quejas o reclamaciones que se
presenten; (ii) Resolver los recursos de apelación y queja que se interpongan contra
las decisiones adoptadas en primera instancia por los proveedores de los servicios de
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