Concepto nº 129891, Superintendencia de Industria y Comercio, 11-05-2021 - Normativa - VLEX 870978135

Concepto nº 129891, Superintendencia de Industria y Comercio, 11-05-2021

Fecha11 Mayo 2021
MateriaPROPIEDAD INDUSTRIAL - SIGNOS DISTINTIVOS
EmisorSuperintendencia de Industria y Comercio (Colombia)
Bogotá D.C., 11 de mayo de 2021
{Datos Personales eliminados en virtud de la Ley 1580 de 2012}
Asunto: Radicación: 21-
Trámite: 113
Actuación: 440
Folios: 8
Reciba un cordial saludo,
De conformidad con lo previsto en el artículo 28 de la Ley 1755 de 2015, “por medio de la cual
se regula el Derecho Fundamental de Petición y se sustituye un título del Código de
Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”, fundamento jurídico sobre
el cual se funda la consulta objeto de la solicitud, procede la SUPERINTENDENCIA DE
INDUSTRIA Y COMERCIO a emitir un pronunciamiento, en los términos que a continuación
se pasan a exponer:
1. OBJETO DE LA CONSULTA
De conformidad con su comunicación, el objeto de la consulta es el siguiente:
Teniendo en cuenta las consideraciones antes expuestas, se solicita
respetuosamente a la DIRECCIÓN DE SIGNOS DISTINTIVOS de la
SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO, responder las
siguientes consultas:
1. ¿El registro que realizan los partidos o movimientos políticos de conformidad
con el artículo 5 de la Ley 130 de 1994, respecto a su nombre y del símbolo
ante el Consejo Nacional Electoral, constituye registro marcario de
conformidad con lo descrito en la Decisión 486 de 2000 y las demás normas
que rigen el derecho marcario en Colombia?
2. En el ejercicio del derecho de acción que gozan las personas, Si un
particular, solicita el registro marcario respecto al nombre y símbolo (Signo
distintivo mixto) de un partido o movimiento significativo de ciudadanos ante la

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