Concepto N° 16 del Instituto Colombiano Agropecuario - Normativa - VLEX 909730636

Concepto N° 16 del Instituto Colombiano Agropecuario

Fecha de publicación08 Julio 2022
Número de oficio16
Tipo de documentoConcepto
www.ica.gov.co
MEMORANDO
11.2.2
Bogotá,
PARA: JHON FREDY AMAYA TABORDA
Gerente Seccional Risaralda.
DE: OFICINA ASESORA JURIDICA.
ASUNTO: Concepto Jurídico No. 016-2022. Circular con Radicado No. 2024100213
del 10-11-2020.
Respetado Doctor Amaya;
Para dar respuesta a la solicitud del asunto, recibida para trámite mediante correo
electrónico de fecha 15 de junio del año que transcurre, se emite el siguiente Concepto
Jurídico.
I. TESIS CONCLUSIVA.
En virtud de la Resolución No. 2024100213 de fecha 10 de noviembre de 2020, se tiene
que los Procesos Administrativos Sancionatorios que fueron aperturados solo por la
causal de diferencia de inventario deberán ser archivados bajo el entendido que no existe
conducta a investigar de acuerdo a los criterios establecidos en la mencionada
Resolución.
II. PROBLEMA JURÍDICO.
¿Se pueden archivar los procesos administrativos sancionatorios por diferencia de
inventario anterior al ciclo 2 de vacunación del año 2020, por no tener sub-causal de
investigación, esto de acuerdo a los lineamientos establecidos en la Circular No.
2024100213?
III. NORMA(S) CONTROLANTE(S).
Ley 1437 de 2011.
Resolución No. 065768 del 2020.
Circular 2024100213 de fecha 10 de noviembre de 2020.
IV. APLICACIÓN AL CASO CONCRETO.
Para comenzar, es importante traer a colación lo que indica la Circular No. 2024100213
de fecha 10 de noviembre de 2020, que para el caso es lo siguiente:
ICA Radicado Manual
Fecha: 01/07/2022
Radicado: ICA20223009137
Anexos: 0

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