Concepto Nº 2-2017-007064 de Superintendencia de Subsidio Familiar, 2017 - Normativa - VLEX 862184955

Concepto Nº 2-2017-007064 de Superintendencia de Subsidio Familiar, 2017

Número de expediente1-2017-009618 Exp. 942/2017/PGEN
Fecha19 Julio 2017
Código: FO-PCA-CODO-009 Versión: 5
Calle 45 A No. 9-46 PBX: 3487800 Bogotá Colombia
Línea Gratuita Nacional 018000910110 en Bogotá D.C.: 3487777
www.ssf.gov.co - e-mail: ssf@ssf.gov.co
Al contestar este Oficio, por favor cite este número:
Señora
SANDRA NOVOA VIZCAINO
Barrera Palacio Abogados S.A.S
Transversal 6 N° 27-10, Oficina 801, Edificio Antares.
Email: snovoa@barrerapalacaio.com
Teléfono: 7426212
Bogotá D.C.
Ref. 1-2017-009618 Exp. 942/2017/PGEN
Asunto: Afiliación.
Cordial saludo, señora Sandra.
Hemos recibido su comunicación, radicada en esta entidad con el número 1-2017-
009618; al respecto le manifiesto lo siguiente:
¿Cómo procede a la afiliación y cotización mensual al Sistema de Subsidio Familiar por parte del
empleador cuando el trabajador presta sus servicios en diferentes ciudades y departamentos del
territorio nacional y por lo tanto, su salario se causa en dos (02) o más lugares diferentes?
Respuesta de la Superintendencia:
El artículo 138 del código sustantivo del trabajo señala que: “1. Salvo convenio por
escrito, el pago debe efectuarse en el lugar donde el trabajador presta sus
servicios, durante el trabajo o inmediatamente después de que este cese.
En concordancia con lo señalado en el artículo 15 de la Ley 21 de 1982 que consagra el
factor de la territorialidad según el cual, los empleadores obligados al pago de aportes
para el subsidio familiar, deberán hacerlo por conducto de una Caja de Compensación
Familiar que funcione dentro de la ciudad o localidad donde se causen los salarios.
La causa del salario, no es otra cosa que el contrato de trabajo se pueda celebrar en sitio
diferente al lugar donde se desarrolla y para efectos de afiliación es muy clara la ley 21 de
1982, al señalar que se debe hacer donde se causen los salarios, esto es, donde se realiza
o ejecuta la labor contratada.
2-2017-007064
Bogotá D.C., 19 de julio de 2017 10:08
Identificador: No+r B9oI BScA vqmo oJIX VvnR /e4=
Copia en papel auténtica de documento electrónico. La validez de este documento puede
verificarse ingresando en https://gtss.ssf.gov.co/SedeElectronica/
Documento firmado digitalmente

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