Concepto Nº 2-2018-045714 de Superintendencia de Subsidio Familiar, 2018 - Normativa - VLEX 862185117

Concepto Nº 2-2018-045714 de Superintendencia de Subsidio Familiar, 2018

Número de expediente1-2018-001000 5/2018/CJUR
Fecha29 Enero 2018
Código: FO-PCA-CODO-009 Versión: 5
Calle 45 A No. 9-46 PBX: 3487800 Bogot á Colombia
Línea Gratuit a Nacional 018000910 110 en Bogotá D.C.: 3487777
www.ssf. gov.c o - e-mail: ssf @ssf.gov.co
Al contestar este Oficio, por favor cite este número:
Señor
REINEL BITAR CASTELLÓN
Cartagena de Indias, Barrio Zaragocilla K 50 No. 30 D - 48
Cartagena- Bolívar
Ref. 1-2018-001000 5/2018/CJUR
Cordial saludo, señor Bitar.
Hemos recibido su comunicación de fecha 23 de enero de 2018, radicada en esta
Superintendencia bajo el No. 1-2018-1000. Al respecto le manifiesto lo siguiente:
1. PROBLEMA JURÍDICO
¿Es legal que las Cajas de Compensación Familiar exijan como requisito a los padres
mayores de 60 años, q ue no son pensionados, el re tiro del programa de la tercera edad
"Plan Colombia” , para tener derecho al pago de la cuota monetaria?
2. NORMATIVIDAD VIGENTE
El Programa de Solidaridad con el Ad ulto Mayor “Colombia Mayor”, de acuerdo con la
página del portal corporativo del Consorcio Colombia Mayor, busca aumentar la protección
de los adultos mayores que se encuentran desamparados, que no cuentan con una
pensión o viven en la indigencia o en la extrema pobreza; por medio de la entrega de un
subsidio económico.
En el Manual Operativo del p rograma de protección social al adulto mayor - hoy Colombia
Mayor, expedido por el Ministerio del Trabajo, la población objeto es la siguiente:
.. POBLACION OBJETO El contenido de este numeral quedará así: Pueden ser beneficiarios del
programa los colombianos que: (i). Han residido los últimos 10 años en el País, (ii). Con una edad
de 3 años menos de la edad que rija para adquirir el derecho a la pensión de vejez de los afiliados al
Sistema General de Pensiones y (iii). Clasificados en los niveles 1 y 2 del SISBEN que carecen de
rentas o ingresos suficientes para subsistir, es decir, son personas que o viven solas y su ingreso
mensual no supera medio salario mínimo mensual vigente, o viven en la calle y de la caridad
pública, o viven con la familia y el ingreso familiar es inferior o ig ual al salario mínimo mensual
vigente o residen en un Centro de Bienestar del Adult o Mayor o asisten como usuarios a un centro
diurno, o los indígenas de escasos recursos que residen en resguardos. Los adultos mayo res de
2-2018-045714
Bogotá D.C., 29 de enero de 2018 10:48
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Documento firmado digitalmente
Copia en papel auténtica de documento electrónico. La validez de este documento puede
verificarse ingresando en http://sw2k8r2esigna-e:8080/SedeElectronica/

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