Concepto Nº 2-2019-025019 de Superintendencia de Subsidio Familiar, 2019 - Normativa - VLEX 862184980

Concepto Nº 2-2019-025019 de Superintendencia de Subsidio Familiar, 2019

Número de expediente1-2019-003018 89/2019/CJUR
Fecha16 Mayo 2019
Código: FO-PCA-CODO-009 Versión: 1
Al contestar este Oficio, por favor cite este número:
Señor
José Andrés Valencia Hurtado
Correo: jvalencia8901@gmail.com
Ref. 1-2019-003018 89/2019/CJUR
Asunto: Solicitud concepto inhabilidades e incompatibilidades de los consejeros o
empleados de la CCF para ser candidatos a Asamblea Departamental o Concejo
Municipal.
Respetado señor Valencia:
En atención a su correo radicado en esta entidad bajo el No. 1-2019-003018 le
manifestamos lo siguiente:
1.- PROBLEMA JURÍDICO
1. Un miembro del consejo directivo de una caja de compensación familiar puede
aspirar a una corporación de elección popular -asamblea o concejo- del mismo
departamento donde opera la caja, sin renunciar a su dignidad como consejero o
estaría en curso en causales de inhabilidad o incompatibilidad para ser consejero
como para ser elegido.
2. Un trabajador de una caja … puede aspirar a una corporación de elección popular
sin renunciar o apartarse del cargo … sin incurrir en las causas de inhabilidad o
incompatibilidad tanto como empleado como para ser elegido.
2. NORMAS VIGENTES
La Ley 21 de 1982 señala:
ARTICULO 39. Las Cajas de Compensación Familiar son personas jurídicas de
derecho privado sin ánimo de lucro, organizadas como corporaciones en la forma
prevista en el Código Civil, cumplen funciones de seguridad social y se hallan
sometidas al control y vigilancia del estado en la forma establecida por la Ley.”
El Decreto 2463 de 1981 Por el cual se determina el régimen de inhabilidades,
incompatibilidades y responsabilidades de los funcionarios de las cajas de compensación
familiar y de las asociaciones de cajas y de los miembros de sus organismos de dirección,
administración y fiscalización”, regula en forma expresa la inhabilidad a que están
sometidos los funcionarios de las Cajas de Compensación Familiar, de las asociaciones
de cajas y de los miembros de sus organismos de dirección, administración y
fiscalización, así como para sus cónyuges, sus parientes dentro del segundo grado de
consanguinidad, primero de afinidad y primero civil y sus asociados; señalando la
2-2019-025019
Bogotá D.C., 16 de mayo de 2019 08:47
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Documento firmado digitalmente
Copia en papel auténtica de documento electrónico. La validez de este documento puede
verificarse ingresando en http://sw2k8r2esigna-e:8080/SedeElectronica/

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