Concepto Nº 2-2019-002709 de Superintendencia de Subsidio Familiar, 2019 - Normativa - VLEX 862185044

Concepto Nº 2-2019-002709 de Superintendencia de Subsidio Familiar, 2019

Número de expediente1-2019-001958 44/2019/CJUR
Fecha28 Marzo 2019
Código: FO-PCA-CODO-009 Versión: 1
Al contestar este Oficio, por favor cite este número:
Señora
Marling Yuselly Moreno Cárdenas
Correo: marling312012@hotmail.com
Tefono 3005962732
Condado del Este Apto 1105 Torre 2 Prados Del Este
Cúcuta, Norte de Santander
Ref. 1-2019-001958 44/2019/CJUR
Asunto: Modificación de las condiciones de cuando se postuló para el subsidio de
vivienda hasta el momento del desembolso del mismo.
Respetada señora Marling Yuselly:
Hemos recibido su comunicación radicada en esta Superintendencia bajo el número 1-
2019-001947, y al respecto le manifestamos lo siguiente:
1. PROBLEMA JURÍDICO:
Me postulé en una caja de compensación de la ciudad de Cúcuta y e dieron un subsidio de
vivienda por valor de $14.175.700, compre la vivienda, hice todos los trámites para la
compra de vivienda, como escrituras públicas que fueron registradas en instrumentos
públicos y el crédito hipotecario, en el momento de cobro del subsidio por parte de la
constructora y desembolso por parte de la caja de compensación, me quedé desempleada
y me informan que no pueden pagarlo de acuerdo al artículo 2.1.1.1.1.1.14. Postulantes.
Parágrafo 3. Donde dicen que no mantuve los requisitos y condiciones en este caso no
está afiliada al momento del desembolso, soy una persona de escasos recursos
desempleada en estos momentos y necesito el subsidio de vivienda, que debo hacer ante
la caja de compensación que persiste en el no pago del subsidio, vulnerando mi derecho a
una vivienda digna.
2. MARCO NORMATIVO:
En relación con la naturaleza jurídica de las Cajas de Compensación Familiar, estas son
corporaciones de derecho privado, y su objeto social desarrolla actividades de la
seguridad social, así lo consagra el artículo 39 de la Ley 21 de 1982:
«Artículo 39. las Cajas de Compensación Familiar son personas jurídicas de
derecho privado sin ánimo de lucro, organizadas como corporaciones en la
forma prevista en el Código Civil, cumplen funciones de seguridad social y se
hallan sometidas al control y vigilancia del Estado en la forma establecida por la
ley.» (Negrilla y subraya fuera de texto)
Los recursos que manejan se encuentran definidos como de carácter parafiscal, con una
afectación especial, que no pueden ser destinados a otras finalidades distintas a las
2-2019-002709
Bogotá D.C., 28 de marzo de 2019 09:16
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Documento firmado digitalmente
Copia en papel auténtica de documento electrónico. La validez de este documento puede
verificarse ingresando en http://sw2k8r2esigna-e:8080/SedeElectronica/

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