Concepto Nº 2-2021-103432 de Superintendencia de Subsidio Familiar, 2021 - Normativa - VLEX 870734474

Concepto Nº 2-2021-103432 de Superintendencia de Subsidio Familiar, 2021

Fecha08 Junio 2021
Número de expediente1-2021-006591 Exp. 70/2021/CJUR
Código: FO-PCA-CODO-009 Versión: 1
Carrera 69 No. 25 B 44 Pisos 3, 4 y 7
PBX: (57+1) 348 7800 Bogotá - Colombia
Línea Gratuita Nacional: 018000 910 110 en Bogotá D.C.: 3487777
www.ssf.gov.co - email ssf@ssf.gov.co
Al contestar este Oficio, por favor cite este número: 2-2021-103432
Bogotá D.C., 8 de junio de 2021 10:00
Ref: 1-2021-006591 Exp. 70/2021/CJUR
Asunto: Concepto Jurídico Funciones del Director Administrativo.
Cordial Saludo.
Hemos recibido su comunicación radicada en esta Superintendencia bajo el número 1-2021-
006591 del 29 de marzo de 2020 donde manifiesta lo siguiente y que cuenta con ampliación
de términos con oficio No. 2-2021-101872:
1.
PROBLEMA JURÍDICO:
“Por medio de la presente solicitamos un concepto con relación a las competencias que
tiene el Director Administrativo/General de la Caja de Compensación Familiar, una vez
aprobado el presupuesto anual por el Consejo Directivo, frente a lo señalado en la Ley y
en el numeral 3, artículo 55 de la Ley 21 de 1982, de forma específica con lo relacionado
a los traslados presupuestales (gastos y costos) que se requieren hacer durante una
vigencia fiscal."
2.
MARCO NORMATIVO:
Para dar respuesta a su consulta y teniendo en cuenta las inquietudes planteadas, es
necesario mencionar la naturaleza jurídica de las Cajas de Compensación Familiar definida
en la Ley 21 de 1982, donde se establece que son personas jurídicas de derecho privado
sin ánimo de lucro, organizadas como corporaciones en la forma prevista en el Código Civil,
que cumplen funciones de seguridad social y se hallan sometidas al control y vigilancia del
estado en la forma establecida por la ley.
El artículo 46 ibídem, establece que dichas corporaciones estarán dirigidas por la Asamblea
General de Afiliados, el Consejo Directivo y el Director Administrativo, determinando las
funciones de cada órgano en sus artículos 47, 54 y 55 respectivamente.
Documento firmado digitalmente
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Copia en papel auténtica de documento electrónico. La validez de este documento puede
verificarse ingresando en http://sw2k8r2esigna-e:8080/SedeElectronica/

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