Concepto nº 2010-6308 de Consejo Nacional Electoral
Número de registro | 6308-2010 |
Fecha | 01 Diciembre 2010 |
¿
I
REPUBLICA DE COLOMBIA
CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
ORGANIZACIÓN ELECTORAL
CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
RADICADO:
6308 DE 2010
ASUNTO:
CONSULTA INHABILIDADES E
INCOMPATIBILIDADES
ELECCIONES CORPORACIONES
PUBLICAS 2011
PETICIONARIO:
JOSE REINALDO ORTIZ M.
CONSEJERO PONENTE:
BERNARDO FRANCO RAMIREZ
FECHA DE APROBACIÓN
01 DE DICIEMBRE DE 2010
1. PETICIÓN
El ciudadano JOSE REINALDO ORTIZ MENDOZA. eleva consulta al Consejo
Nacional Electoral mediante radicado 6308 de 2010. en donde solicita a esta
Corporación concepto
relacionado, con las circunstancias creadas por la
Constitución y la Ley que impiden o imposibilitan que una persona sea elegida o
designada en un cargo público y en ciertos casos, impidan el ejercicio del empleo
a quienes ya se encuentren vinculados al servicio. con ocasión de las próximas
elecciones de Autoridades Territoriales y Locales del año 2011.
2.
COMPETENCIA DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL.
En virtud de lo dispuesto por el artículo 23 de la Constitución Política, el Consejo
Nacional Electoral. debe tramitar y responder las peticiones que le formulen las
personas naturales o jurídicas. mediante los procedimientos, dentro de los plazos
y consecuencias legales
previstas en Código Contencioso Administrativo articulo
5 y s.s.
12 del Acto Legislativo 01 de 2.009, atribuye especialmente a la Corporación, la
siguiente función:
"ARTICULO 265 (Artículo modificado por el artículo 12 del Acto Legislativo 01 de
2009)
"El Consejo Nacional Electoral regulará, inspeccionará. vigilará y controlará
toda la actividad electoral de los partidos y movimientos políticos, de los
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