Concepto nº 2010-6372 de Consejo Nacional Electoral - Normativa - VLEX 827347333

Concepto nº 2010-6372 de Consejo Nacional Electoral

Fecha01 Diciembre 2010
Número de registro6372-10
REPUBLICA DE COLOMBIA
CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
ORGANIZACIÓN ELECTORAL
CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
RADICADO:
6372-2010.
ASUNTO:
INHABILIDADES PARA ALCALDE
PETICIONARIO:
ROBERTO ARDILA CAÑAS
MAGISTRADA PONENTE:
NORA TAPIA MONTOYA
FECHA DE APROBACIÓN:
01 de Diciembre de 2010
LA CONSULTA:
Mediante escrito radicado en esta Corporación bajo el número 6372 del 18 de
noviembre de 2010 y adjudicado en reparto de negocios de la Corporación
efectuado el 19 del mismo mes al despacho de la Magistrada ponente, el
ciudadano Roberto Ardila Cañas, consulta:
"1. Cuándo debe renunciar un Secretario de Gobierno, que desea ser Alcalde del mismo
municipio en el año 2010(sic)?
Cuándo debe renunciar un Secretario de Gobierno. que en año 2009 fue encargado por
3 días de Alcalde (mientras el alcalde cumplía comisión oficial en la capital), para aspirar a
ser Alcalde del mismo municipio?
Cuándo debe renunciar un Secretario de Gobierno, que desea ser Alcalde de otro
municipio en el año 2010(sic)?.
4. Un encargo de tres (3) días en donde no percibe el salario del alcalde. en donde no es
facultado para nominar. para ordenar el gasto. para celebrar contratos, en donde no hay
posesión por encargo, puede general la incompatibilidad de que trata el artículo 39 de la
Ley 617 de 2000 de 24 meses?"
COMPETENCIA
En virtud de lo establecido en el artículo 23 de la Constitución Política. al
Consejo
Nacional Electoral le corresponde resolver las peticiones que le presenten las
personas. sean estas naturales o jurídicas: derecho fundamental, el de petición
que conforme a lo dispuesto en el
artículo 25 del Código Contencioso
Administrativo. incluye el de formular
consultas escritas o verbales a las
autoridades en relación con las materias a su cargo, sin perjuicio de lo que
dispongan normas especiales.
De conformidad con lo establecido en el artículo 39 de la Ley 130 de 1994, entre
las funciones del Consejo Nacional Electoral se encuentra la de emitir conceptos
interpretando la Constitución Política. el Código Electoral y la Legislación Vigente

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