Concepto nº 2011-2289 de Consejo Nacional Electoral - Normativa - VLEX 827375685

Concepto nº 2011-2289 de Consejo Nacional Electoral

Fecha24 Mayo 2011
Número de registro2289-11
REPÚBLICA DE COLOMBIA
CONSEJO
NACIONAL
ELECTORAL
ORGANIZACIÓN ELECTORAL
CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
RADICADO:
ASUNTO:
PETICIONARIOS:
MAGISTRADO PONENTE:
FECHA DE APROBACIÓN:
2289-2290-2295-11
REEMPLAZO POR VACANCIA DEFINITIVA EN
JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL
OMAR GUILLERMO MORENO TORRES
LUIS ALFONSO ACEVEDO CASTAÑO
JOSE ALFREDO DÍAZ
CARLOS ARDILA BALLESTEROS
24 DE MAYO DE 2011
I. LA CONSULTA
Mediante oficios radicados el 10 y 11 de Mayo de 2011 en esta Corporación
con los números 2289-2290-2295-11, los señores OMAR GUILLERMO
MORENO TORRES, LUIS ALFONSO ACEVEDO CASTAÑO y JOSE
ALFREDO DÍAZ, con ocasión del fallo de la Procuraduría General de la
Nación en contra del Edil de la Junta Administradora Local de Ciudad
Bolívar localidad 19, señor AURELIO SILVA RODRÍGUEZ, mediante el cual
se ordenó la destitución del cargo, consultan lo siguiente:
Si
el Movimiento Político Alas Equipo Colombia conserva su personería
jurídica.
Certificación del orden como se integró la lista inscrita por el Movimiento
Político Alas Equipo Colombia, de acuerdo a los votos obtenidos en las
elecciones del año 2007.
Qué candidato es el llamado a reemplazar al destituido Edil AURELIO
SILVA RODRIGUEZ.
II. NORMAS APLICABLES
El Consejo
Nacional Electoral es competente para conocer y absolver la
presente consulta, en virtud del artículo 39 de la ley 130 de 1994 y el
artículo 25 del Código Contencioso Administrativo, que disponen:
Ley 130 de 1994
"ARTICULO 39. Funciones del Consejo Nacional Electoral. El Consejo Nacional
Electoral tendrá las siguientes funciones, además de las que le confiere la
Constitución, el código electoral y la legislación vigente:

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