Concepto Nº 2021507287 de la Comisión de Regulación de las Comunicaciones, 04-08-2021 - Normativa - VLEX 866116957

Concepto Nº 2021507287 de la Comisión de Regulación de las Comunicaciones, 04-08-2021

Fecha04 Agosto 2021
MateriaRitel
Normativa aplicadaNumeral 6.4 del Anexo 8.1 del Título de anexos de la Resolución CRC 5050 de 2016-resolución No. 5993 de 2020
EmisorComisión de Regulación de Comunicaciones (Colombia)
RESPUESTA A RADICACION ENTRADA No. 2021803586
Comunicación CARE
Jue 8/04/2021 7:46 PM
Para:
CC: Comunicación CARE ; Certifica CRC ; Comunicación CARE
; CORREO@CERTIFICADO.4-72.COM.CO TIFICADO.4-72.COM.CO>
1 archivos adjuntos (1 MB)
Respuesta Email Firmado 2021803586 - 8042021.pdf;
RADICACION DE SALIDA No. 2021507287
Rad. 2021803586
Cod. 9000
Bogotá D.C.
REFERENCIA: Consulta de la necesidad de firmar por director técnico formato 3 y formato 4 de
resolución No. 5993 de 2020
La Comisión de regulación de comunicaciones (en adelante, CRC), recibió su comunicación con el
número de consecutivo arriba anunciado, mediante la cual consulta “(…) acerca de dictámenes que se
encuentran en formato 3 y formato 4 de resolución 5993 de 2020. Dichos dictámenes no tienen
intervención de director técnico, es esto un inconveniente para futuros procedimientos con estos
documentos o no existe problema alguno (…)”.
Previo a dar respuesta a su inquietud, resulta pertinente mencionar que esta Comisión al rendir
conceptos, lo hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley 1755 del 2015 “Por
medio de la cual se regula el Derecho Fundamental de petición y se sustituye un título del Código de
Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”. De este modo, el alcance del
pronunciamiento solicitado tendrá los efectos que la normatividad le otorga a los conceptos rendidos
por las autoridades administrativas, sobre lo que cabe recordar que en la medida en que los
conceptos no pueden analizar situaciones de orden particular y concreto, los mismos deben hacer
referencia de manera general y abstracta respecto de las materias sobre las que versa su consulta, y
no constituye de manera alguna aprobación de diseños u obras relacionadas.
Ahora bien, frente a su consulta sea lo primero indicar que dentro del Reglamento para Redes Internas
de Telecomunicaciones –RITEL–, no se describe el rol de Director Técnico al que hace referencia en su
comunicación.

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