Concepto n° 202211601336841 de Ministerio de Salud, de 2022 - Normativa - VLEX 909941996

Concepto n° 202211601336841 de Ministerio de Salud, de 2022

Fecha de publicación01 Agosto 2022
*202211601336841*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 202211601336841
Fecha: 08-07-2022
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Bogotá D.C.,
ASUNTO: Concepto sobre la definición de competencias para la emisión del acto
administrativo de permiso sanitario e inspección, vigilancia y control a vendedores y/o
ventas ambulantes de alimentos en municipios de 4ta, 5ta y 6ta categoría Radicado:
202242300495492.
Respetada Doctora xxxx;
En atención a su solicitud para que en el marco de la Ley 715 de 2001
1
y la Resolución 604 de
1993
2
se emita concepto que defina las competencias para los departamentos y municipios en la
emisión del acto administrativo de permiso sanitario e inspección, vigilancia y control posterior a
vendedores y/o ventas ambulantes de alimentos en municipios de 4ta, 5ta y 6ta categoría, me
permito informarle que esta Dirección mediante el radicado 202211600073803 solicitó concepto
técnico a la Subdirección de Salud Nutricional de Alimentos y Bebidas, quien emitió respuesta a
través del memorando 202221400126963, en los siguientes términos:
“Dando alcance a la solicitud de concepto técnico allegado por la Doctora xxx ingresada con
radicado No. 202242300495492, respecto a la definición de competencias para la emisión del acto
administrativo de permiso sanitario e inspección, vigilancia y control a vendedores y/o ventas
ambulantes de alimentos en municipios de 4ta, 5ta y 6ta categoría, y cuya solicitud se hizo extensiva
a esta subdirección mediante memorando radicado No. 202211600073803, desde esta dependencia
me permito dar respuesta en los siguientes términos.
El campo de aplicación de la Resolución 604 de 1993, la cual se encuentra vigente, tiene como
alcance a toda persona natural o jurídica dedicada a la preparación y expendio de alimentos para
consumo humano en las vías públicas de tipo formal en el territorio nacional, así como a los locales
donde se preparan, los expendios y los medios de transporte utilizados.
Cabe señalar, que en el mismo acto administrativo se define como alimento de venta callejera,
1
Por la cual se dictan normas orgánicas en materia de recursos y competencias de conformidad con los
artículos 151, 288, 356 y 357 (Acto Legislativo 01 de 2001) de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones
para organizar la prestación de los servicios de educación y salud, entre otros.
2
“Por la cual se reglamenta parcialmente el título V de la Ley 9ª de 1979, en cuanto a las condiciones sanitarias de las
ventas de alimentos en la vía pública”.

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