Concepto Nº 217851 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 21-06-2021
Número de radicado | 20216000217851 |
Año | 2021 |
Fecha | 21 Junio 2021 |
Número de oficio | 217851 |
Materia | PRESTACIONES SOCIALES,Incapacidad Superior a 180 Días |
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 217851 de 2021 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 217851 de 2021 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20216000217851*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20216000217851
Fecha: 21/06/2021 11:42:03 a.m.
Bogotá D.C.
Referencia: PRESTACIONES SOCIALES. Incapacidad superior a 180 días. Radicado: 20219000462172 del 3 de junio de 2021.
En atención a la comunicación de la referencia, solicita usted, en ejercicio del derecho de petición se le emita un concepto donde le sean
resueltas las siguientes preguntas:
“1.- ¿La liquidación proporcional de la prima de servicios, prima de navidad, bonificación por servicios prestados y cesantías se lo debe realizar
con el 50 % de su último salario? Puesto que este era el valor que se venía cancelando mensualmente.
2.- ¿Con que salario se liquidan las prestaciones sociales con el 100% o con el 50%? Puesto que como se manifestó anteriormente las
prestaciones de los seis años aproximadamente se liquidaron sobre el 50% de su salario.
3.- ¿Cuál sería el salario para liquidar el último del 2021? O el que efectivamente trabajó en el 2015 que seria 2.779.762.
4.- ¿Se le debe pagar retroactivo de los cinco años? Si la liquidación se la debió practicar con el 100% del salario.
5.- Tiene derecho a las vacaciones correspondientes al periodo 2014 -2015?
6.- ¿Si tiene derecho a que se le liquiden vacaciones correspondientes a los periodos 2015 -2021? Ténganse en cuenta que durante este tiempo
estuvo incapacitada y esta prestación es por año de servicio a la entidad.
7.- ¿Según el tiempo de incapacidad, las vacaciones ya no prescribieron?” (copiado del original)
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