Concepto Nº 305841 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 21-08-2022 - Doctrina Administrativa - VLEX 910611774

Concepto Nº 305841 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 21-08-2022

Fecha de entrada en vigor21 Agosto 2022
Fecha21 Agosto 2022
Año2022
Número de radicado20226000305841
Número de oficio305841
MateriaCONTROL INTERNO,Jefe de Control Interno
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 305841 de 2022 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 305841 de 2022 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20226000305841*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20226000305841
Fecha: 21/08/2022 08:28:08 p.m.
Bogotá D.C.
REF: CONTROL INTERNO DE GESTIÓN. Jefe de control interno. EMPLEO. Requisitos. Requisitos para ser Jefe de Control Interno. Rad:
20229000376392 del 26 de julio de 2022.
Acuso recibo la comunicación de la referencia, a través de la cual consulta sobre los requisitos para ser Jefe de Control Interno en un municipio
de sexta categoría; al respecto, me permito señalar:
- Requisitos.
El Decreto 989 de 20201, dispone lo siguiente:
“ARTÍCULO 2.2.21.8.5. Requisitos para el desempeño del cargo de jefe de oficina, asesor, coordinador o auditor de control interno o quien haga
sus veces en las entidades de la Rama Ejecutiva del orden territorial. Para desempeñar el cargo de jefe de oficina, asesor, coordinador o auditor
de control interno o quien haga sus veces en las entidades de la Rama Ejecutiva del orden territorial se deberá acreditar los siguientes requisitos
teniendo en cuenta las categorías de departamentos y municipios previstas en la ley, así:
(...)
Municipios de Categorías quinta y sexta
- Título profesional
- Treinta y seis (36) meses de experiencia profesional relacionada en asuntos de control interno.
PARÁGRAFO. Para desempeñar el empleo de jefe de oficina, asesor, coordinador o auditor de control interno o quien haga sus veces en las
entidades de la Rama Ejecutiva del orden territorial, únicamente se podrá aplicar en los Manuales de Funciones y de Competencias Laborales,
las equivalencias contempladas en el presente Artículo y solo para aquellas categorías de departamentos y municipios en los que está prevista”
ARTÍCULO 2.2.21.8.6. Experiencia profesional relacionada en asuntos de control interno. Se entiende por experiencia profesional relacionada en
asuntos de control interno la adquirida en el ejercicio de empleos que tengan funciones similares a las del cargo de jefe de oficina, asesor,
coordinador o auditor de control interno o quien haga sus veces, dentro de las cuales están las siguientes:
Medición y evaluación permanente de la eficiencia, eficacia y economía de los controles del Sistemas de Control Interno.
Asesoría en la continuidad del proceso administrativo, la revaluación de planes e introducción de correctivos necesarios para el cumplimiento de
las metas u objetivos previstos.

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