Concepto N° 4 del Instituto Colombiano Agropecuario
Fecha de publicación | 10 Marzo 2023 |
Fecha | 07 Marzo 2023 |
Número de oficio | 4 |
Tipo de documento | Concepto |
MEMORANDO
11.100.2
Bogotá,
PARA: EVERTH EMILIO EBRATH RAVELO
Dirección Técnica de Epidemiología y Vigilancia Fitosanitaria (E)
DE: OFICINA ASESORA JURÍDICA
ASUNTO: Concepto Jurídico No. 004 - 2023 Vigilancia Oficial de Planes de Trabajo.
Respetado Doctor Ebratt:
En atención a su solicitud enviada mediante correo electrónico el 28 de febrero de 2023, se emite
el siguiente Concepto Jurídico.
I. TESIS CONCLUSIVA.
Sí es viable autorizar a terceros o particulares para que ejerzan funciones administrativas en
temas fitosanitarios (que en el presente caso se refieren a vigilancia oficial), siempre y cuando se
cumpla con las condiciones, requisitos y procedimientos establecidos en la Ley 489 de 1998 y en la
NIMF No. 45, las funciones a atribuir al particular correspondan a la competencia del ICA, dichas
funciones no hayan sido asignadas constitucional o legalmente en forma exclusiva y excluyente a
determinada autoridad y que la atribución conferida al particular no puede llegar al extremo de
que éste reemplace totalmente a la autoridad pública en el ejercicio de las funciones que le son
propias.
II. PROBLEMA JURÍDICO.
¿Es posible realizar vigilancia oficial por el ICA a los planes de trabajo acordados con las
Autoridades Sanitarias de otros países para la exportación de productos a través de terceros
autorizados por convenio?
III. NORMA(S) CONTROLANTE(S).
·Ley 489 de 1998.
·Decreto 4765 de 2008.
·NIMF No. 45
IV. APLICACIÓN AL CASO CONCRETO.
Manifiesta la Dirección Técnica de Epidemiologia y Vigilancia Fitosanitaria que, de acuerdo a lo
ICA 07/03/2023 14:14
Al Contestar cite este No.: 20233101856
Origen: Oficina Asesora Jurídica
Destino: Dirección Técnica de Epi
Anexos: Fol:8
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