Concepto nº 50283, Superintendencia de Industria y Comercio, 23-03-2021 - Normativa - VLEX 866537900

Concepto nº 50283, Superintendencia de Industria y Comercio, 23-03-2021

Fecha23 Marzo 2021
MateriaPROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
EmisorSuperintendencia de Industria y Comercio (Colombia)
Bogotá D.C., 23 de marzo de 2021
{Datos Personales eliminados en virtud de la Ley 1580 de 2012}
Asunto: Radicación: 21- 50283
Trámite: 113
Actuación: 440
Folios: 16
Reciba cordial saludo.
De conformidad con lo previsto en el artículo 28 de la Ley 1755 de 2015, que sustituyó el
Título II del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo,
fundamento jurídico sobre el cual se funda la consulta objeto de la solicitud, procede la
SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO a emitir un pronunciamiento, en los
términos que a continuación se pasan a exponer:
1. OBJETO DE LA CONSULTA
Atendiendo a la solicitud por usted radicada ante esta Entidad a través su comunicación del
27 de agosto de 2020 en la cual señala:
Resulta que varios concesionarios que venden vehículos nuevos y usados hacen
firmar al cliente que desea adquirirlo una orden de pedido que contiene un conjunto
de cláusulas en donde me comprometo a pagar la cuota inicial y luego en el termino
de 15 días el resto (obvio solo aplica para quienes van a comprarlo al contado
prácticamente) como sé que ustedes son los guardianes del derecho al consumidor,
necesito saber que necesito para: 1. hacer respetar mis derechos como comprador
de vehículos nuevos y usados. (normatividad para respetar los derechos de
compradores de vehículos carros) 2. el concesionario puede hacerme firmar una
orden de pedido en donde renuncio a demandarlos directamente por vicios en el
vehículo que me vendieron? es decir ellos pueden decir que demande al
fabricante?? 3. ellos pueden poner clausulas penales en la orden de pedido del
vehículo??? 4.de cuanto debe ser la garantía del vehículo??? 5.pueden los
concesionarios hacer convenios con entidades bancarias para que el usuario
directamente adquiera el crédito con ellas y así controlar las fechas de desembolso
de los clientes que no puedan pagar de su propio bolsillo el restante de la cuota
inicial 6.que pasa si pago la cuota inicial y el banco no me desembolsa en el tiempo
de plazo?? 7.en los concesionarios es legal las cláusulas de adhesión?? 8. no es
necesario firmar contrato de compraventa de vehículo???? les agradezco darme
toda la normatividad pues quiero hacer respetar los derechos de varios
consumidores de vehículos nuevos y usados”.
Nos permitimos realizar las siguientes precisiones:
2. CUESTIÓN PREVIA
Reviste de gran importancia precisar en primer lugar que la SUPERINTENDENCIA DE
INDUSTRIA Y COMERCIO a través de su Oficina Asesora Jurídica no le asiste la facultad
de dirimir situaciones de carácter particular, debido a que, una lectura en tal sentido,
implicaría la flagrante vulneración del debido proceso como garantía constitucional.
Al respecto, la Corte Constitucional ha establecido en la Sentencia C-542 de 2005:
“Los conceptos emitidos por las entidades en respuesta a un derecho de petición
de consulta no constituyen interpretaciones autorizadas de la ley o de un acto
administrativo. No pueden reemplazar un acto administrativo. Dada la naturaleza
misma de los conceptos, ellos se equiparan a opiniones, a consejos, a pautas de
acción, a puntos de vista, a recomendaciones que emite la administración pero que
dejan al administrado en libertad para seguirlos o no”.
Ahora bien, una vez realizada la anterior precisión, se suministrarán las herramientas de
información y elementos conceptuales necesarios que le permitan absolver las inquietudes
por usted manifestadas, como sigue:
3. FACULTADES DE LA SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO
De acuerdo con las atribuciones conferidas por mandato legal a esta Superintendencia, en
particular por el Decreto 4886 de 2011, corresponde a esta entidad, entre otras funciones,
velar por el cumplimiento de las normas sobre protección al consumidor, sobre protección de
la competencia, sobre protección de datos personales, ejercer el control y verificación de los
reglamentos técnicos y la metrología legal, ejercer el control y vigilancia de las Cámaras de

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