Concepto N° C-415 de 2022, de la Agencia Nacional de Contratación Pública, 05-07-2022 - Doctrina Administrativa - VLEX 908189672

Concepto N° C-415 de 2022, de la Agencia Nacional de Contratación Pública, 05-07-2022

Año2022
Fecha05 Julio 2022
Número de oficioC-415 de 2022
MateriaDOCUMENTOS TIPO - BIENES O SERVICIOS ADICIONALES



CCE-DES-FM-17


DOCUMENTOS TIPO – Selección abreviada de menor cuantía – Versión 2 – Infraestructura de transporte – Obra pública – Bienes o servicios adicionales – Experiencia adicional


[…] el artículo 4 de la Resolución 241 No. del 27 de noviembre de 2020, el cual dispone que la entidad puede solicitar experiencia adicional para evaluar la idoneidad del contratista en procesos de contratación de selección abreviada de menor cuantía de obra pública de infraestructura de transporte, que incluyen bienes o servicios adicionales a la obra pública de infraestructura de transporte. Estos corresponden a necesidades no incluidas en el alcance de la obra pública de infraestructura de transporte, cuya ejecución se contempla en el mismo procedimiento contractual. Por ello, con fundamento en esta disposición, las entidades pueden requerir experiencia añadida cuando el bien o servicio adicional a la obra de infraestructura de transporte es de tal relevancia que se considere que no es posible valorar la idoneidad del contratista únicamente a partir de la experiencia establecida en la «Matriz 1 – Experiencia».

Cuando la entidad requiere bienes y servicios que no se encuentran incluidos como obra de infraestructura de transporte en la «Matriz 1 Experiencia» y considera necesario exigir experiencia adicional, se debe aplicar el artículo 4 de la Resolución No. 241 de 2020. Esta norma dispone los eventos en los que el objeto contractual incluye bienes o servicios adicionales a la obra pública de infraestructura de transporte. En este caso, la entidad puede incluir experiencia adicional para evaluar la idoneidad respecto de los bienes o servicios ajenos a la obra pública de infraestructura de transporte.

Para ello, se deben seguir los siguientes parámetros: i) demostrar en los estudios previos que han verificado las condiciones de mercado para la adquisición de los bienes o servicios adicionales al componente de obra pública, de tal forma que la experiencia adicional garantiza la pluralidad de oferentes, ii) conservar los requisitos exigidos en los documentos tipo, iii) abstenerse de pedir experiencia exclusiva con entidades estatales, experiencia previa en un territorio específico, limitada en el tiempo o que incluya volúmenes o cantidades de obra específica, iv) clasificar la experiencia requerida solo hasta el tercer nivel del clasificador de bienes y servicios, así como incluir exclusivamente los códigos que estén relacionados directamente con el objeto a contratar


BIENES O SERVICIOS ADICIONALES – Noción – Experiencia adicional – Documento base – Interpretación estricta


De acuerdo con lo expuesto, la entidad puede solicitar experiencia adicional para evaluar la idoneidad del contratista en procesos de contratación de selección abreviada de menor cuantía de obra pública de infraestructura de transporte, que incluyen bienes o servicios adicionales a este tipo de infraestructura. Estos corresponden a necesidades no incluidas en el alcance de la actividad de obra pública tipificada en la respectiva «Matriz 1-Experiencia», pero cuya contratación se contempla en el mismo procedimiento contractual. Por ello, con fundamento en lo analizado, las entidades pueden requerir experiencia añadida cuando el bien o servicio adicional a la obra de infraestructura de transporte es de tal relevancia que se considere que no es posible valorar la idoneidad del contratista únicamente a partir de la experiencia establecida en la «Matriz 1 – Experiencia».

Así pues, la expresión «bienes o servicios ajenos a la obra pública de infraestructura de transporte» contenida en el literal H del numeral 3.5.2. del Documento Base, se deriva de la posibilidad de solicitar experiencia adicional cuando el objeto contractual incluye bienes o servicios adicionales a la obra pública de infraestructura de transporte. Esto implica que: i) la actividad que se requiere, si bien es una labor de obra, no está relacionada con la infraestructura de transporte, por ejemplo, la construcción de un parque cerca de la vía, y ii) el bien o servicio adicional es distinto a la actividad principal, aun cuando se relaciona con la infraestructura de transporte, v. gr., cuando se requiere que el contratista ejecute actividades de consultoría como la realización, revisión o actualización de los estudios y diseños relacionados con la obra. En supuestos como los indicados es posible que la entidad exija experiencia adicional para acreditar la idoneidad del contratista en la ejecución de estos bienes o servicios adicionales a la obra de infraestructura de transporte.
















































Bogotá, 05 Julio 2022


Señora

Emma Viviana Albarracín Arcila

Jamundí, Valle del Cauca


Concepto C – 415 de 2022


Temas:

DOCUMENTOS TIPO – Selección abreviada de menor cuantía – Versión 2 – Infraestructura de transporte – Obra pública – Bienes o servicios adicionales – Experiencia adicional / BIENES O SERVICIOS ADICIONALES – Noción – Experiencia adicional – Documento Base – Interpretación estricta

Radicación:

Respuesta a la consulta No. P20220512004672



Estimada señora Albarracín Arcila:


En ejercicio de la competencia otorgada por el numeral 8 del artículo 11 y el numeral 5 del artículo 3 del Decreto Ley 4170 de 2011, la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente responde la consulta realizada el 12 de mayo de 2022.


1. Problemas planteados


En su petición usted menciona que «[…] la Secretaría de Infraestructura Física del Municipio de Jamundí requiere adelantar un proceso cuyo objeto es: "CONSTRUCCIÓN DE UN PUENTE PEATONAL METÁLICO EN EL SECTOR NORTE DEL PONTÓN SOBRE ZANJÓN EL ROSARIO LOCALIZADO EN LA CALLE 19 CONTIGUO A LA INTERSECCIÓN DE LA CALLE 19 CON LA TRANSVERSAL 12, BARRIO CIRO VELASCO, DEL MUNICIPIO DE JAMUNDÍ - VALLE DEL CAUCA, INCLUYE ESTUDIOS Y DISEÑOS TÉCNICOS"; del cual el componente de estudios y diseños representa el 12% del presupuesto oficial estimado». Con fundamento en lo anterior, usted pregunta:


«¿Es posible adelantar por el pliego tipo (SAMC para infraestructura de transporte construcción de puentes peatonales), un proceso que incluya la construcción del puente peatonal y el componente de los estudios y diseños del mismo?».


2. Consideraciones


Para responder a su consulta, se estudiarán los siguientes temas: i) la expedición de los documentos tipo de infraestructura de transporte, y ii) la experiencia adicional respecto a los bienes y servicios adicionales a la obra pública en los documentos tipo.

La Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, en el concepto No. 4201912000004855 del 13 de agosto de 2019, reiterado y desarrollado en los Conceptos No. 4201912000006117 del 7 de septiembre de 2019, 4201912000005786 del 7 de octubre de 2019, 4201912000006928, 4201912000006929 y 4201913000006952 del 8 de octubre de 2019, 4201912000006613 del 24 de octubre de 2019, 4201912000006576 del 6 de noviembre de 2019, 4201912000007375 y 4201912000007452 del 14 de noviembre de 2019, 4201912000007166 del 2 de diciembre de 2019, 4201912000007996 del 9 de diciembre de 2019, 4201912000007465 del 13 de diciembre de 2019, 4201912000007755 y 4201912000007931 del 20 de diciembre de 2019, 4201912000008017 del 26 de diciembre de 2019, 4201912000008465 del 8 de enero de 2020, C-133 del 30 de marzo de 2020, C-144 del 2 de marzo de 2020, C-341 del 22 de mayo de 2020, C-596 del 8 de septiembre de 2020, C-588 del 14 de septiembre de 2020, C-440 del 21 de octubre de 2020, C-649 del 27 de octubre de 2020, C-735 del 15 de diciembre 2020, C-801 del 21 de enero de 2021, C-109 del 23 de marzo de 2021, C-287 del 18 de junio de 2021, C-330 del 8 de julio de 2021, C-580 del 13 de octubre de 2021, C-604 del 28 de octubre de 2021 y C-247 del 2 de mayo de 2022, estudió la posibilidad de solicitar experiencia adicional cuando se requiere contratar en contratos de obra pública, bienes o servicios adicionales a la obra pública de infraestructura de transporte. La tesis expuesta en estos conceptos se reitera a continuación y se complementa en lo pertinente:


2.1. Expedición de los documentos tipo de selección abreviada de menor cuantía de obra pública de infraestructura de transporte


Los pliegos tipo surgen en el 2007 cuando el legislador facultó al Gobierno Nacional para adoptarlos en la compra o suministro de bienes de características técnicas uniformes1. La orientación inicial del proyecto que se convirtió en la Ley 1150 de 2007 era facultar al Gobierno Nacional para adoptar los pliegos tipo en todos los contratos estatales, pues en el proyecto el parágrafo 3º disponía que: «El Gobierno Nacional tendrá la facultad de estandarizar los pliegos de condiciones o términos de referencia y los contratos de las entidades estatales»2

La intención era agilizar y dar mayor transparencia a los procedimientos de selección, así como evitar el direccionamiento, razón por la cual –conforme a lo explicado en la exposición de motivos– «[…] se asigna al Gobierno Nacional la facultad de estandarizar los pliegos de condiciones y términos de referencia de los contratos, medida que redundará en la agilidad y claridad de los procedimientos»3 Sin embargo, en el texto aprobado, los pliegos tipo se limitaron a la adquisición o suministro de bienes de características...

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