Concepto Nº CGR-OJ-0112-2019 de Contraloría General de la República, 12-08-2019 - Normativa - VLEX 820383101

Concepto Nº CGR-OJ-0112-2019 de Contraloría General de la República, 12-08-2019

Número de oficioCGR-OJ-0112-2019
Fecha12 Agosto 2019
EmisorContraloría General de la República (Colombia)
CONTRALORÍA
GENERAL DE LA REPÚBLICA
CGR - OJ -
80112 -
112
de 2019
Al Contestar Cite Este No.: 2019EE0097546 Fol:5 Anex:0 FA:0
ORIGEN 80112-OFICINA JURÍDICA / JULIAN MAURICIO RUIZ RODRIGUEZ
DESTINO NUBIA ORDOÑEZ DE RIVERA / CONTRALORIA GENERAL DEL CAUCA
ASUNTO RESPUESTA AL SIGEDOC 2019ER0065805
OBS
201 9EE0097546
111 111111111111111111111111111111111111111 1 111
Bogotá D.C.,
Doctora
NUBIA ORDOÑEZ DE RIVERA
Profesional Especializado - Dirección de Responsabilidad Fiscal
Contraloría General del Cauca
Carrera 7 # 1N — 66 Segundo Piso Edificio Lotería del Cauca
Popayán - Cauca
Referencia: Respuesta a su oficio 201901300056652 Radicado en la CGR
con el Sigedoc 2019ER0065805
Tema:
Gestión del talento humano - Gestión fiscal
Respetada doctora:
La Oficina Jurídica de la Contraloría General de la República -CGR- recibió la
comunicación citada en la referencia', la cual procedemos a responder a
continuación:
1. Antecedente
Mediante su oficio, expone un caso particular y concreto, respecto de la existencia
de errores administrativos en actos de escalafonamiento y consecuente asignación
salarial de servidores públicos originados en un proceso de restructuración, que
devienen en mayor confusión y conflicto, por las actuaciones de una nueva
administración para reintegrar posibles valores pagados demás y demandas contra
la administración por posible desmejoramiento salarial.
Contexto en el cual solicita dar orientación frente a las siguientes inquietudes:
"La pregunta es: Constituye (sic) los actos de manejo de personal, gestión fiscal
frente a recursos o fondos públicos?
Y respecto a lo que considera la nueva administración que se pagó demás, si
estamos ante lo previsto en los artículos 90 de la Constitución Política y 102 del
Decreto 1333 de 1986 de cuyo texto se infiere que cuando el Estado pretenda
1
Ley 1437 de 2011, Art. 14, numeral 2°, sustituido por el artículo 1 de la Ley 1755 de 2015: "Las peticiones mediante las
cuales se eleva una consulta a las autoridades en relación con las materias a su cargo deberán resolverse dentro de los
treinta (30) días siguientes a su recepción."
Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000
cgr@contraloria.gov.co
• www.contraloria.gov.co
• Bogotá, D. C., Colombia
iD
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