Concepto Nº JDS-CA-09551 del Banco de la República de Colombia, 07-04-2021
Fecha | 07 Abril 2021 |
Número de oficio | JDS-CA-09551 |
Materia | Declaraciones de cambio,Profesionales de compra y venta de divisas,Firma,Obligaciones de los profesionales de compra y venta de divisas,Huella,Copia de la declaración de cambio |
Emisor | Banco de la República (Colombia |
Fecha
"(...)
Damos respuesta a su comunicación (...) mediante la cual consulta si la persona que se acerca a la ventanilla para realizar operaciones de compra o venta de divisas en efectivo debe llevarse una copia de la declaración de cambio con firma y huella.
Al respecto, nos permitimos manifestar que:
1. Tal como se mencionó en el concepto (...) JD-S-CA-35866-2020 del 07 de diciembre de 2020 emitida por esta secretaría, de conformidad con el literal a) del artículo 84 de la Resolución Externa No. 1 de la Junta Directiva del Banco de la República (R.E. 1/18) los profesionales de compra y venta de divisas y cheques de viajero deberán “exigir y conservar una declaración de cambio por sus compraventas de divisas y cheques de viajero, la cual debe contener la identificación del declarante, del beneficiario de la operación y demás características que el Banco de la República reglamente de manera general.” (Resaltado fuera del texto original)
De acuerdo con el numeral 1.9.1 de la Circular Externa DCIN-83 del Banco de la República, cuando la operación de compra y venta de divisas se paga en efectivo y cuando la declaración de cambio se realiza de manera impresa (documento que debe tener como mínimo la información prevista en el Formulario No. 18 “Declaración de cambio por compra y venta de manera profesional de divisas en efectivo y cheques de viajero”) es una obligación de la persona que presenta el formulario estampar su huella y firmar dicho documento físico.
Lo anterior implica que el profesional debe exigir que la declaración de cambio, en original y en copia, cumpla con todos los requisitos que se fijen para tal fin (incluida la firma y huella en documentos físicos) y conservar la declaración de cambio para los efectos pertinentes.
2. Teniendo en cuenta las características de la operación anterior, el profesional de cambio le entregará a la persona que esté...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba