Concepto número 0002 de 2009 - 16 de Abril de 2009 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 57083974

Concepto número 0002 de 2009

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Número de Boletín47322

En ejercicio de la facultad asignada a la Subdireccion de Gestion Tecnica Aduanera mediante el numeral 8 del articulo 28 del Decreto 4048 del 22 de octubre de 2008, relacionada con la interpretacion y aplicacion de las normas de origen, y acorde con lo establecido en el paragrafo 2° del articulo 28 ibidem, nos permitimos dar respuesta en terminos generales a su consulta enviada a esta Subdireccion mediante correo electronico del 19 de enero de 2009. Consulta Numero 1 Que norma estipula que la partida arancelaria que esta en el certificado de origen del proveedor, debe coincidir los seis primeros digitos con la partida que se usa en Colombia? Respuesta: Los paises miembros de la OMA que han suscrito el Convenio Internacional del Sistema Armonizado tienen la obligacion de aplicarlo integramente hasta nivel de 6 digitos sin adiciones ni modificaciones. Colombia como pais miembro de la OMA se adhirio el 21 de octubre de 2002, al "Convenio Internacional del Sistema Armonizado de Designacion y Codificacion de Mercancias, del catorce (14) de junio de mil novecientos ochenta y tres (1983) y al Protocolo de Enmienda al Convenio Internacional del Sistema Armonizado de Designacion y Codificacion de Mercancias, del veinticuatro (24) de junio de mil novecientos ochenta y seis (1986)1".

En razon de lo anterior, Colombia al igual que los paises parte del citado Convenio, tienen en virtud de lo establecido en el articulo 3º del mismo, que "... utilizar todas las partidas y subpartidas del Sistema Armonizado sin adicion ni modificacion, asi como los codigos numericos correspondientes".

1 Ley 646 del 19 de febrero de 2001;

Sentencia C-1145 de 2001 del 31 de octubre de 2001 y Decreto 2128 de 2003.

1 Teniendo en cuenta lo anterior, la obligacion para Colombia de utilizar integramente hasta nivel de 6 digitos sin adiciones ni modificaciones, se deriva de la adhesion que hizo el pais al Convenio Internacional del Sistema Armonizado y de lo consagrado en Ley 646 del 19 de febrero de 2001 y el Decreto 2128 de 2003. Para los otros paises tambien nace de las obligaciones que adquirieron...

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