Concepto con radicado N° 20201200273851 de la Agencia Nacional de Minería, 07/02/2020 - Normativa - VLEX 863386779

Concepto con radicado N° 20201200273851 de la Agencia Nacional de Minería, 07/02/2020

Fecha07 Febrero 2020
Número de radicado20201200273851
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1111111111'11
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11K
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Radicado ANM No 20201200273851
Bogotá D.C., 07-02-2020 14:13 PM
Señor
MARCELINO SOTO CASTAÑO
maelo.soto.0438ahotmail.com
Celular: 3128264529
Calle 34 No. 4-00 Sector La Pista
Supla - Caldas
k
ik AGENCIA NACIcdc .
Táv MINERVA
Y
NIT.: 90n snn rn9-2
14 FEB Zazo
VENTANILLA DE CORRESBUNLJENCIA
Avenida Calle 26 No. 59- 52 dificio Arso
Bogotá, D.C. - Colornbid
Recibida'
Asunto: Comercialización de minerales
4>
AGENCIA NACIONAL DE
MINERIA
Cordial saludo.
De conformidad con la solicitud de concepto por usted presentada mediante radicado
20191000401462, a través del cual consulta si es obligatorio para los comercializadores autorizados,
la presentación del instrumento ambiental para la venta de oro proveniente de una solicitud de
legalización, nos permitimos dar respuesta, en los siguientes términos:
De conformidad con la definición de la Sección 1 del Capitulo 6 del Titulo V de la Parte 2 del Libro 2
del Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Minas y Energla 1073 de 2015, el
Comercializador de Minerales Autorizado es
la "Persona natural o jurídica que realiza de forma regular
la actividad de comprar y vender minerales para transformarlos, beneficiarlos, distribuirlos,
intermediarios, exportarlos
o
consumirlos, debidamente inscritos en el Registro Único de
Comercializadores
de
Minerales, y que
cuente
con certificación vigente de la Agencia Nacional de
Minería, donde conste dicha inscripción.'
Para el efecto, el Decreto en mención, impone la obligación a los Comercializadores de Minerales
Autorizados, de acreditar la procedencia lícita del mineral, indicando:
"Artículo 2.2.5.6.1.1.4. Acreditación de la procedencia licita del mineral. El Comercializador de
Minerales Autorizado con el fin de acreditar la procedencia lícita del mineral deberá contar con: (i)
Certificado de Origen expedido por el Titular Minero en Etapa de Explotación,
o por
el solicitante de
programas de legalización o de formalización minera, o por los beneficiarios de áreas de reserva
especial, o por los subcontratistas de formalización minera o por propietarios de las Plantas de
Beneficio; (ü) Constancia de la Alcaldía, en el caso de adquirir minerales de barequeros y (iir)
Declaración de Producción para los demás Mineros de Subsistencia."
Bogotá D.C., Avenida Calle 26 No. 59 - 51 Pisos 8, 9 y 10 Teléfono: (571) 2201999
Web: httpftwww.anm.gov.co Email : contactenosC/anm.00v.co
Código Postal: 111321

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