Concepto de Secretaria Distrital de Planeación, 11-09-2019. (Licencia de construcción predio en zona de reserva vial.) - Normativa - VLEX 820198149

Concepto de Secretaria Distrital de Planeación, 11-09-2019. (Licencia de construcción predio en zona de reserva vial.)

Fecha de publicación11 Septiembre 2019
MateriaJurídica: Análisis y Conceptos Jurídicos
EmisorSecretaría Distrital de Planeación (Colombia)
SECRETARÍA DISTRITAL DE PLANEACIÓN Folios:
5Anexos: No
No. Radicación: 2-2019-61394No. Radicado Inicial: 1-2019-56017
No. Proceso: 1498346 Fecha: 2019-09-11 21:20
Tercero:OPUS CONSTRUCCIONES SAS
Dep. Radicadora: Dirección de Análisis y Conceptos Jurídicos
Clase Doc: SalidaTipo Doc: Oficio de salidaConsec:
EVITE ENGAÑOS:Todo trámite ante esta entidad es gratuito, excepto los costos de reproducción de documentos. Verifique su respuesta en la
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Es válido legalmente al amparo del artículo 12 del Decreto 2150 de 1995 y del artículo 7° de la Ley 527 de 1999
Bogotá, D. C., 09 de septiembre de 2019
Doctor
ÁLVARO ALEXANDER LÓPEZ LOZANO
Director Administrativo
Opus Construcciones
opus@opusconstrucciones.com
Transversal 85 # 64F-06
Teléfono 7590379
Ciudad
Radicado: 1-2019-56017.
Asunto: Respuesta derecho de petición de consulta - Licencia de construcción en
zona de reserva vial.
Cordial saludo.
Se ha recibido el derecho de petición de consulta con el radicado de la referencia,
mediante el cual solicita “(…) emisión de concepto jurídico como ente rector de la norma, en
referencia a la emisión de licencias de construcción en zonas de reserva vial. (…)”, lo anterior en
atención a licencia de construcción expedida por la Curaduría Urbana No. 3 de Bogotá para
el predio con nomenclatura urbana AC 22 # 103-32 y matrícula inmobiliaria 50C-914067 el
cual se encuentra en zona reserva vial, decisión sobre la cual la Oficina Jurídica de la
Alcaldía de Fontibón, solicita que “(…) se ratifique la viabilidad de otorgar licencias de
construcción de acuerdo con el artículo 179 del Decreto Distrital 190 de 2004 y las Circulares 003 y
008 de 2005. (…)”, sobre lo cual se presentan las siguientes consideraciones
Sea lo primero indicar que el presente concepto se emite en el marco del artículo 28 de la
Ley 1437 de 2011, sustituido por el artículo 1 de la Ley 1755 de 2015.
En lo atinente a la competencia en lo pretendido en la consulta, de conformidad con el
artículo 73 del Acuerdo Distrital 257 de 2006 y el Decreto Distrital 016 de 2013 la
Secretaría Distrital de Planeación no es competente para “(…) ratifi[car] la viabilidad de otorgar
licencias de construcción de acuerdo con el artículo 179 del Decreto Distrital 190 de 2004 y las
Circulares 003 y 008 de 2005. (…).”.
La actuación de la Secretaría Distrital de Planeación en materia de licencias de
construcción es inherente al mandato del artículo 2.2.6.1.2.3.9 del Decreto Nacional 1077

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