Concepto de Secretaria Distrital de Planeación, 30-03-2021. (Exigibilidad folios de matrícula inmobiliaria en formulación de planes parciales de renovación urbana.) - Normativa - VLEX 866526085

Concepto de Secretaria Distrital de Planeación, 30-03-2021. (Exigibilidad folios de matrícula inmobiliaria en formulación de planes parciales de renovación urbana.)

Fecha de publicación30 Marzo 2021
MateriaJurídica: Análisis y Conceptos Jurídicos
EmisorSecretaría Distrital de Planeación (Colombia)
SECRETARÍA DISTRITAL DE PLANEACIÓN Folios: 4
Anexos:
No. Radicación: 3-2021-07094 No. Radicado Inicial: 3-2021-
05074
No. Proceso: 1699583 Fecha: 2021-03-30 16:19
Tercero: SECRETARIA DISTRITAL DE PLANEACION - SDP
Dep. Radicadora: XDirección de Análisis y Conceptos Jurídicos
Clase Doc: Interno Tipo Doc: Concepto jurídico Consec:
EVITE ENGAÑOS: Todo trámite ante esta entidad es gratuito, excepto los costos de reproducción de documentos. Verifique
su respuesta en la página www.sdp.gov.co link "Estado Trámite". Denuncie en la línea 195 opción 1 cualquier irregularidad.
Cra. 30 Nº 25 -90
pisos 5, 8,13 / SuperCade piso 2
Archivo Central de la SDP
Cra 21 Nª69B-80 ext. 9014-9018
PBX: 335 8000
www.sdp.gov.co
Código Postal: 1113111
Este documento es una versión impresa del original que fue generado digitalmente.
Es válido legalmente al amparo del artículo 12 del Decreto 2150 de 1995 y del artículo 7° de la Ley 527 de 1999.
MEMORANDO
Para: NATALIA LÓPEZ AGUILAR
Directora de Patrimonio y Renovación Urbana
De: OSWLADO PINTO GARCÍA
Director de Análisis y Conceptos Jurídicos
Fecha: 29 de marzo de 2021
Radicado: 3-2021-05074
Asunto: Concepto Jurídico exigibilidad folios de matrícula inmobiliaria en la formulación
de planes parciales de renovación urbana
Cordial saludo,
Esta Dirección recibió la petición del asunto, en la que se solicita “concepto en el sentido de
establecer la necesidad de presentar como requisito, el (los) Folio(s) de Matrícula Inmobiliaria, para
presentar la formulación de planes Parciales de Parciales de Renovación Urbana, lo anterior, en
virtud a que el formulario de radicación M-FO-115, en las “…INSTRUCCIONES PARA EL
DILIGENCIAMIENTO …” punto 3.1, tercer párrafo indica lo siguiente: “Se recomienda aportar los
certificados de la matrícula inmobiliaria de los predios que hacen parte del plan parcial” (Subraya
fuera de texto).
Igualmente, esa Dirección indica que en los requisitos previstos en el artículo 2.2.4.1.1.7
del Decreto Nacional 1077 de 2015 para la formulación y radicación del proyecto de plan
parcial, no se señala que se deba aportar los folios de matrícula inmobiliaria
Así mismo, manifiestan en la comunicación del asunto, entre otros aspectos, lo siguiente:
“(…) para identificar el propietario de los predios y otorgar poder, según lo definido en los numerales
1 y 2 del artículo 2.2.4.1.1.3 del Decreto Nacional 1077 de 2015, vemos que es necesaria la
presentación del folio de matrícula inmobiliaria.
Por otra parte, para determinar las condiciones físicas de áreas, propietarios y situación jurídica, con
el fin de establecer la participación de los predios en los planes parciales, verificar la relación de
propietarios para las jornadas de socialización, con los que se debe asegurar que los propietarios
sean convocados mediante comunicaciones y por último, para el Estudio de Títulos de que trata el
artículo 24 del Decreto Distrital 080 de 2016, como requisito para Planes Parciales de Renovación

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