Concepto de la Superintendencia de Economía Solidaria. 18552–01 – Principales y Suplentes - Doctrina Administrativa - VLEX 744426873

Concepto de la Superintendencia de Economía Solidaria. 18552–01 – Principales y Suplentes

Fecha27 Junio 2001
Santafé de Bogotá, D

PRINCIPALES Y SUPLENTES

Concepto no. 018552 del 27 de junio del 2001

Síntesis: Principales y suplentes, funciones y facultades

Con toda atención nos referimos a su comunicación citada en la referencia, a través de la cual solicita se le indique la conducta a seguir en relación con la ausencia de dos (2) suplentes elegidos en la asamblea general del 25 de marzo del 2000.

Sobre el particular, esta Superintendencia, en primer lugar, quiere hacer precisión frente a la apreciación de su comunicación cuando se refiere a la “ausencia consuetudinaria” la cual no es clara, como quiera que ello hace relación a aquello que es costumbre, esto es, que generalmente no asisten, pues su escrito solo se hace alusión a la asamblea celebra el 25 de marzo del 2000.

Si la ausencia de estos dos asociados, realmente es repetitiva, generalmente nunca asisten, es costumbre no asistir, están incumpliendo el mandato que les fue conferido por la asamblea general, así como las obligaciones derivadas del acuerdo cooperativo; no se están comportando solidariamente en sus relaciones con la cooperativa y los asociados; esto es, no están cumpliendo con los deberes especiales taxados en la ley, lo cual, ameritaría una amonestación y posible sanción, la cual deberá estar consagrada previamente en los estatutos.

Es por ello que el legislador dejó en libertad a la cooperativa para que en sus estatutos se establezcan los procedimientos a seguir en casos como el planteado, así se desprende de los preceptos del artículo 19 de la Ley 79 de 1988 al consagrar en sus numerales 3º, 4º y 5º:

“3. Derechos y deberes de los asociados; condiciones para su admisión, retiro y exclusión y determinación del órgano competente para su decisión.

“4. Régimen de sanciones, causales y procedimientos.

“5. Procedimientos para resolver diferencias o conflictos transigibles entre los asociados o entre éstos y la cooperativa, por causa o con ocasión de actos cooperativos”.

...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR