Concepto de la Superintendencia de Economía Solidaria. 14333–03 – Retiro o renuncia del ente social - Doctrina Administrativa - VLEX 744426881

Concepto de la Superintendencia de Economía Solidaria. 14333–03 – Retiro o renuncia del ente social

Fecha22 Mayo 2003
EmisorSuperintendencia de la Economía Solidaria (Colombia)
Bogotá, D

RETIRO

Concepto No. 014333 del 22 de mayo de 2003

Síntesis: El retiro o renuncia de un asociado no pueda estar condicionado a la cancelación de las obligaciones adquiridas. Opera el cruce de obligaciones

Con toda atención nos referimos a su comunicación citada en la referencia, en la cual eleva consulta sobre la viabilidad de retiro de la cooperativa y continuar cancelando el crédito que obtuvo en calidad de asociada.

En primer lugar, consideramos importante resaltar que según los preceptos del artículo 5o. de la Ley 79 de 1988 toda cooperativa debe reunir las siguientes características:

“1. Que tanto el ingreso de los asociados como su retiro sea voluntario”.

Dicha disposición se deriva del derecho fundamental de asociación consagrado en el artículo 38 de nuestra Constitución Nacional, que dispone: “Se garantiza el derecho a la libre asociación para el desarrollo de las distintas actividades que las personas realizan en sociedad”, no puede pretenderse que sea viable negar o impedir el retiro de los asociados de una asociación, salvo por casos que expresamente lo disponga el legislador.

Este derecho fundamental está plenamente reconocido por normas internacionales como la Declaración Universal de los Derechos Humanos, Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, Convención Americana sobre Derechos Humanos y Convenios de la Organización Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

En ese escenario es claro entonces, que “el derecho de asociación, es el ejercicio libre y voluntario de los ciudadanos encaminado a fundar o integrar formalmente agrupaciones permanentes con propósitos concretos, por ello, si no lo fuere así , no podría hablarse del derecho de asociación en un sentido constitucional, pues es claro, que se trata de un derecho de libertad cuya garantía se funda en la condición de voluntariedad”.

De otra parte, el derecho de asociación implica la libre disponibilidad de...

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