Concepto de la Superintendencia de Economía Solidaria. Javier Pardo Prieto 5357 - Doctrina Administrativa - VLEX 924662759

Concepto de la Superintendencia de Economía Solidaria. Javier Pardo Prieto 5357

EmisorSuperintendencia de la Economía Solidaria (Colombia)
TH

1100

Bogotá, D.C.

5357 (19-04-05)

Interrogantes relacionados con cooperativas de trabajo asociado. Al respecto le manifestamos que estos le serán resueltos en el mismo orden por usted planteado.

1, ¿Es viable que una cooperativa de trabajo asociado efectúe actividades de comercio de bienes compra de bienes para ser vendidos a través de supermercados o autoservicios?

Al respecto le manifestamos que las cooperativas de trabajo asociado fueron definidas por el legislador en el artículo 1º del Decreto 468 de 1990 de la siguiente manera: “ De conformidad con la ley 79 de 1988, las cooperativas de trabajo asociado son empresas asociativas sin ánimo de lucro, que vinculan el trabajo personal de sus asociados y sus aportes económicos para la producción de bienes, ejecución de obras o la prestación de servicios en forma autogestionaria.”

En este orden de ideas si podría la cooperativa desarrollar la actividad planteada por usted sujetándose a los parámetros estipulados en la Ley 79 (arts. 57 a 60) y el Decreto 468 de 1990.

2. ¿Si lo anterior es válido es viable que una cooperativa de trabajo asociado efectúe simultáneamente actividades de servicios profesionales (a través de abogados, administradores y contadores) y de comercio de bienes (compra de bienes para ser vendidos a través de supermercados o autoservicios)

Como se dijo en el punto anterior es viable, desde luego que estas actividades deben estar contempladas en los estatutos de la entidad cooperativa.

3. ¿es viable que una cooperativa de trabajo asociado contrate los servicios de sus asociados para efectuar ventas de servicios para terceros y que a cambio se le pague a la cta una comisión o participación del monto de la venta de ese servicio? por ejemplo, el asociado de la cta efectúa una labor de venta de un intangible (seguros, portafolio de pensiones adicionales a las obligatorias, servicios de salud prepagada etc) y a cambio de la labor de venta que es efectuada de manera autónoma e independiente por parte de la cta y de sus asociados, la cta percibe unos ingresos proporcionales al...

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