Conclusiones - El elemento subjetivo del delito en el estatuto de Roma: Un análisis de derecho penal comparado - Libros y Revistas - VLEX 874369101

Conclusiones

AutorLigia María Vargas Mendoza
Páginas513-525
513
Conclusiones
Este texto ha explicado cómo entienden los elementos subjetivos del delito cada uno de
los sistemas estudiados y cómo pueden conjugarse estas concepciones a partir de la
redacción del artículo 30 del ER, para dar una interpretación que sea aplicable de
forma común y respetuosa de los principios mínimos de los ordenamientos estudia-
dos. Ahora resulta oportuno presentar las conclusiones que se pueden extraer del
análisis anterior. Esto, sin perjuicio de las conclusiones especícas que se han ido
presentando en cada uno de los capítulos.
Prime ra. En un mundo globalizado, en el que los fenómenos estatales generan
reacciones en los ámbitos regional y global, es necesario que tanto los gobiernos
como los ciudadanos encuentren mecanismos para relacionarse, lo cual implica,
necesariamente, poder entenderse. Los sucesos de carácter jurídico no son la excep-
ción y, en consecuencia, aunque tradicionalmente se haya sostenido que el derecho
penal es un asunto interno de cada país, hoy es innegable que la importancia del
derecho internacional ha aumentado exponencialmente, a tal punto que ningún
abogado puede considerar su formación completa sin tener algunas nociones de
esta rama del derecho.
En ese contexto, el derecho penal internacional también ha adquirido una gran
relevancia, especialmente debido a que la humanidad ha tomado conciencia de la
gravedad de ciertos crímenes. A partir de sucesos históricos como la Segunda Gue-
rra Mundial, el conicto armado en la antigua Yugoslavia o el genocidio en Ruanda,
la comunidad internacional ha comprendido que los crímenes de esta magnitud no
se pueden tolerar, ni dejarse en la impunidad, más allá de que un Estado particular
tenga, o no, la intención de investigar, juzgar y sancionar a los responsables de estos
hechos. Esto ha ocasionado que se reevalúe la idea de que uno de los mayores bastio-
nes jurídicos de la soberanía estatal es el derecho penal ante ciertos acontecimientos.
Segunda. En ese contexto, el surgimiento de la Corte Penal Internacional, a partir
de la rma del ER en 1998 y su posterior entrada en vigor en 2002, constituyó uno de
los hitos más importantes en el desarrollo del derecho penal internacional. Se trata
del primer tribunal internacional con funciones penales que tiene vocación de per-
manencia y universalidad. Además, parte de su importancia está dada porque la CPI

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