Concepto de Secretaria Distrital de Planeación, 09-05-2014. (Condición de andén ubicado en la Avenida Ciudad de Quito que entra a la Avenida Carrera 24 con Calle 87-Conjunto Residencial Cinco Estrellas-Barrio Polo Club. ) - Normativa - VLEX 785133701

Concepto de Secretaria Distrital de Planeación, 09-05-2014. (Condición de andén ubicado en la Avenida Ciudad de Quito que entra a la Avenida Carrera 24 con Calle 87-Conjunto Residencial Cinco Estrellas-Barrio Polo Club. )

Fecha de publicación09 Mayo 2014
MateriaJurídica: Análisis y Conceptos Jurídicos
EmisorSecretaría Distrital de Planeación (Colombia)
SECRETARÍA DISTRITAL DE PLANEACIÓN Folios: 9
Anexos: No
No. Radicación: 2-2014-19773 No. Radicado Inicial: 1-2014-
18328
No. Proceso: 866716 Fecha: 2014-05-09 15:50
Tercero: ALCALDIA LOCAL DE BARRIOS UNIDOS
Dep. Radicadora: Dirección de Análisis y Conceptos Jurídicos
Clase Doc: Salida Tipo Doc:
Comunicaciones de Salida
Consec:
Bogotá D.C., 09 de mayo de 2014
SJ -164/2014
Señora
Alicia Córdoba
Avenida Carrera 24 No. 87-15.Interior 1. Apto. 802
Conjunto Residencial Cinco Estrellas
Tel. 41413229
Radicado: SDP-No. 1-2014-18328
Proceso SIPA: No. 866716
Asunto: Derecho de Petición. Andén de la Av. Ciudad de Quito que entra a la Av. Carrera 24
con Calle 87-Conjunto Residencial Cinco Estrellas- Barrio Polo Club – Solicitud de
aclaración entre bienes de uso público- zonas de uso público, espacio público y bienes
fiscales. Efectos jurídicos de la afectación de un bien privado al uso público, en
proceso de urbanización y/o construcción.
Cordial saludo.
Hemos recibido su oficio con No. 1-2014-18328, en el que informa que con relación al andén a que
hace referencia en el asunto de este radicado, y en el que señala que previos conceptos del IDU con
radicado No. 20142250199491, y de la Dirección de Vías, Transporte y Servicios Públicos de esta
entidad con radicado No. 2-2013-65519, el área en cuestión es bien público destinado a uso público y
que constituye espacio público de la ciudad, situación que ha sido puesta en conocimiento del Alcalde
Local de Barrios Unidos, quien indica en oficio con radicado No. 20141230056731, que tal zona
corresponde a un bien fiscal y que de conformidad con el oficio con radicación No. 2013EE8834 de la
Defensoría del Espacio Público, la zona objeto de estudio no hace parte de las zonas de cesión de uso
público a título gratuito de la Urbanización Conjunto Residencial Cinco Estrellas, lo que en su criterio
constituye confusión sobre el tema; razón por la cual realiza diez (10) requerimientos de los cuales se
les dará respuesta a los números 2,3,4,5,8 y 10, en el marco de las competencias asignadas a esta
Dirección a través del Decreto Distrital 016 de 2013, en los siguientes términos:
Pregunta:
“2. Definir jurídicamente, cuales son los bienes de uso público; que se entiende por Espacio
Público, que son Zonas de Uso Público y qué son los bienes fiscales, a la luz del Derecho
Colombiano y de las normas de Ordenamiento Territorial del Distrito Capital. (entre otros, arts. 58,
63 de la C.P., art. 674 del Código Civil) y la legislación urbanística y de ordenamiento territorial, a
nivel nacional y Distrito Capital.”
Respuesta
La definición de espacio público, se encuentra prevista en el artículo 5º de la Ley 9ª de 1989 (Ley de
Reforma Urbana) que textualmente expresa:
“Entiéndese por espacio público el conjunto de inmuebles públicos y lo elementos arquitectónicos y naturales de
los inmuebles privados, destinados por su naturaleza, por su uso o afectación a la satisfacción de necesidades
urbanas colectivas que trascienden, por tanto, los límites de los intereses individuales de los
Página 1 de 9
Este documento es una versión impresa del original que fue generado digitalmente.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR