Conflictos internacionales de jurisdicción: contrastes para su resolución entre el sistema del commom law y el civil law - Núm. 37, Julio 2019 - Revista de Derecho Privado - Libros y Revistas - VLEX 798761337

Conflictos internacionales de jurisdicción: contrastes para su resolución entre el sistema del commom law y el civil law

AutorAndrés Gustavo Mazuera Zuluaga - Liliana Damaris Pabón Giraldo
CargoUniversidad de Medellín, Medellín (Colombia); integrante del Grupo de Investigaciones en Derecho Procesal. Magíster en Relaciones Internacionales Iberoamericanas, Universidad Rey Juan Carlos de España, Madrid (España). Abogado, Universidad de Medellín, Medellín (Colombia). Joven investigador Colciencias-Universidad de Medellín, Convocatoria ...
Páginas221-247
REVISTA DE DERECHO PRIVADO, ISSN: 0123-4366, E-ISSN: 2346-2442, N.º 37, 2019, 221-247
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de jurisdicción: contrastes
para su resolución entre
el sistema del commom law
y el civil law*
ANDR ÉS GUSTAVO MAZUER A ZULUA GA
**
LILI ANA DAMARIS PABÓN GIRAL DO
***
RESUMEN.    
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su resolución que existen en la tradición jurídica del common law y del civil law.
Al respecto, se evidencia que cuando se trata de asuntos de interés privado, los
sistemas jurídicos se debaten entre la aplicación del forum non conveniens y la lis
pendends. Por su parte, en asuntos que involucran intereses públicos se debe tener
* Fecha de recepción: 8 de agosto de 2018. Fecha de aceptación: 6 de mayo de 2019.
Para citar el artículo: MAZUERA ZULUAGA, A. G. y PABÓN GIRALDO -
les de jurisdicción: contrastes para su resolución entre el sistema del commom law y el civil law”,
Revista de Derecho Privado, Universidad Externado de Colombia, n.° 37, julio-diciembre 2 019,
221-247, DOI: https://DOI.org/10.18601/01234366.n37.09
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relativos a la Jurisdicción especial para la Paz y su resolución”, en el que participan sus autores,
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por la Universidad de Medellín y Colciencias.
** Universidad de Medellín, Medellín (Colombia); integrante del Grupo de Investigaciones en De-
recho Procesal. Magíster en Relaciones Internacionales Iberoamericanas, Universidad Rey Juan
Carlos de España, Madrid (España). Abogado, Universidad de Medellín, Medellín (Colombia).
Joven investigador Colciencias-Universidad de Medellín, Convocatoria Nacional Jóvenes In-
vestigadores para la paz 2018. Contacto: agmazuera@gmail.com. Orcid: https://orcid.org/0000-
0002-1954-7423.
*** Universidad de Medellín, Medellín (Colombia); jefe de la Maestría en Derecho Procesal Exten-
siones; líder e integrante del Grupo de Investigaciones en Derecho Procesal. Doctora en Derecho,
Universidad Nacional de Rosario, Rosario (Argentina). Abogada y magíster en Derecho Procesal,
Universidad de Medellín, Medellín (Colombia). Contacto: ldpabon@udem.edu.co. Orcid: http://
orcid.org/0000-0001-8561-7357.
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AND R É S GUS TA V O MAZ U E R A ZU L U A G A Y LIL I A N A DAM A R I S PAB Ó N GI R A L D O
REVISTA DE DERECHO PRIVADO, ISSN: 0123-4366, E-ISSN: 2346-2442, N.º 37, 2019, 221-247
presente el interés soberano en asumir un caso con fundamento en las políticas
estatales existentes, sea por temas de estabilidad o de seguridad, empleando para
ello el principio de extraterritorialidad, como doctrina de los efectos o la unidad
del propósito.
PALABRAS CLAVE:    -
nacional.
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between the Common Law System and the Civil Law
ABSTRACT.   
cases in which they may arise, in order to identify the existing contrasts on their
resolution in the legal tradition of common law and civil law. Thus, when dealing
with matters of private interest, legal systems are torn between the application of the
forum non conveniens and the lis pendends. On the other hand, in matters involving
public interests, the sovereign interest and existing state policies in adjudicating a
case —whether due to stability or security issues- must be borne in mind the en-
forcement of law through extraterritoriality, as well as doctrine of the effects or the
group economic unit doctrine.
KEYWORDS:
SUMARIO. Introducción I  
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jurisdicción. II
common law y en el civil law en asuntos de interés privado. A. Cláusula de selección
del foro. B. La cláusula de selección de foro en el common law. C. La cláusula de
selección de foro en el civil law.
internacional de jurisdicción de un asunto de interés privado en el common law y en
el civil law. III 
common law y en el civil law en torno a asuntos que involucran intereses públicos.
A. El common law y la doctrina de los efectos. B. El civil law y la unidad de propó-
sito. Conclusiones. Referencias.
Introducción
Hablar de jurisdicción1 es referirse a una de las principales instituciones del de-
recho procesal, al hacer alusión a la función jurisdiccional de un Estado, a los
1 Para mayor claridad en la terminología empleada en este artículo, se realiza la siguiente salvedad
respecto al concepto de “jurisdicción”. Este se emplea en español para diferenciarlo de la “com-

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